El Congreso suspende a José Luis Ábalos de sus derechos como diputado tras su ingreso en prisión
El Consejo del Congreso de los Diputados decidió suspender a José Luis Ábalos de sus funciones como diputadomedida que estará vigente mientras permanezca en prisión. Esta decisión implica que el ex ministro socialista, que se había incorporado al Grupo Mixto antes de su detención el 27 de noviembre, pierde temporalmente todos los derechos y deberes parlamentarios.
Con esta suspensión, Ábalos dejar de recibir cualquier remuneración financiera como diputado y está excluido de la cobertura de protección social y póliza de accidentes que ofrece el Congreso. Además, se restará la parte proporcional de la subvención que corresponda al Grupo Parlamentario Conjunto por su escaño.
La suspensión implica la eliminación de todas las ventajas económicas vinculadas a su sede, cuando dejará de percibir el salario mensual de 3.236 euros brutosasí como familiares 2.000 euros adicionales que reciben los diputados elegidos fuera de Madrid para cubrir los gastos de viaje y alojamiento.
Además, no recibirás ningún tipo de complemento o compensación relacionada con tu actividad parlamentaria. En caso de que el Las Cortes fueron disueltas mientras permanece en prisión, no tendría derecho a compensación económica que los parlamentarios suelen recibir cuando se marchan, asistencia temporal que En su caso esto superaría los 100.000 euros.dada su antigüedad en la sede.
La medida fue adoptada este miércoles por unanimidad por el Consejo del Congreso, una vez confirmada la acusación contra el ex ministro. De conformidad con la Orden Permanente 21, “Miembros Serán suspendidos de sus derechos y deberes parlamentarios. cuando, una vez concedida la autorización solicitada por la Cámara y firmado el auto de imputación, se encuentren en situación de prisión preventiva y mientras dure«.
La petición de Ábalos
La decisión se produce después de que la exministra preguntara esta tarde mantiene parte de su participación parlamentaria desde prisión. Lo hizo a través de su cuenta «X», donde solicitó que, ante la «situación excepcional» que atraviesa, se convoque a una reunión. reunión extraordinaria del Consejo y estar autorizados a ejercer su voto de esta manera, «ya que en este sentido y en razón de estas circunstancias inusuales» ha sido «imposible« procesar la solicitud antesni “participación en la sesión plenaria”.
Por su parte, fuentes de la Presidencia del Congreso indicaron que, de recibirse formalmente la solicitud, sería analizado por abogados de la Cámara, aunque consideraron que no hay «nada en el Reglamento que permita un voto telemático» de Ábalos «en estas condiciones». Sin embargo, El Consejo decidió lo contrario: la suspensión de sus funciones.
El proceso judicial avanza tras la decisión del juez Leopoldo Puente, del 27 de noviembre de enviar a Ábalos a prisión preventiva denunciada y sin fianza. La presidencia del Congreso solicitó a la Corte Suprema que certificara su ingreso a prisión para implementar la suspensión, y el Tribunal Superior confirmó tanto la medida cautelar como el procesamiento.
La Sala de Apelaciones de la Corte Suprema confirmó la decisión del instructor de demandar a Ábalos junto a su exasesor, Koldo Garcíapor presuntas irregularidades en los contratos de mascarillas otorgados por el Departamento de Transporte durante la pandemia.
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