El Gobierno fuerza a Competencia a publicar informes trimestrales sobre el sistema eléctrico a pesar de sus reticencias
A pesar de sus reticencias, la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) tendrá que realizar un informe trimestral sobre las obligaciones de control de tensión de los agentes del sector eléctrico. Y el primero verá la luz en febrero del año que viene, después de que este martes el Consejo de Ministros haya aprobado el Real Decreto de medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico.
[–>[–>[–>La norma, que sustituye al decreto ‘antiapagones’, decaído el 22 de julio después de que el Congreso rechazase su convalidación, incluye la obligación del organismo regulador de realizar trimestralmente estos informes, a pesar de haberlos considerado «innecesarios» y haber criticado que supondrían destinar más recursos a esta tarea que a otras dentro del organismo, según un análisis del citado Real Decreto realizado por la CNMC.
[–> [–>[–>El control de tensión del sistema eléctrico, que ahora solo ostentan las centrales convencionales (hidráulicas, ciclos combinados de gas, nucleares y carbón) es una de las principales incógnitas del apagón del 28 de abril. El Gobierno y Red Eléctrica han acusado a las eléctricas de no cumplir con sus funciones de control de tensión, mientras estas se defienden de haberlo hecho según la normativa.
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A partir de febrero, la CNMC resolverá la duda con exámenes periódicos a las eléctricas para ver si cumplen habitualmente o no con sus funciones de controlar la tensión del sistema eléctrico. Y, para ello, el organismo podrá requerir la información que considere oportuna a los sujetos obligados y al operador del sistema. Además, el resultado de los informes será público.
[–>[–>[–>Por otra parte, el Real Decreto aprobado también recupera la obligación de la CNMC de realizar un «plan de inspección extraordinario de las capacidades de reposición del suministro» cada tres años y el mandato a Red Eléctrica, como operador del sistema, de proponer mejoras técnicas sobre cuestiones como las respuestas frente a las oscilaciones de potencia, la velocidad de variación de tensiones o la programación de las restricciones técnicas en un plazo de entre 3 y 6 meses.
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Estas fueron las medidas estrellas del decreto ‘antiapagones’ que se fue al traste en su tramitación parlamentaria y que el Gobierno ha recuperado en forma de Real Decreto, pero reduciendo a la mitad los tiempos que tienen ambos organismos para emitir los citados informes: de 6 a 3 meses en el caso de los análisis de la CNMC y de un máximo de 12 meses a un máximo de 6 meses en el caso de Red Eléctrica.
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[–>Recarga de vehículos
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El Ministerio para la Transición Ecológica rescata la imposición de imponer un plazo máximo de 80 días a las distribuidoras eléctricas para conectar un punto de recarga a la red eléctrica, algo que ahora llegaba a demorarse entre uno y tres años. En concreto, en suelo urbanizado con las dotaciones y servicios requeridos por la regulación urbanística, las compañías tendrán un plazo de cinco días si no hay que ampliar la red, de 30 días si se precisa una ampliación, de 60 días si hay que construir un centro de transformación y los citados 80 días como máximo si hay que construir varios centros.
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Caducidad de los ‘enchufes’
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Además, establece la caducidad de los derechos de acceso y conexión para la demanda a los cinco años de haber sido otorgados y establece la obligación para los operadores de identificar la actividad que van a desarrollar (a través del código CNAE) cuando soliciten el derecho de acceso y conexión, que deberá ser la misma cuando se conecte el ‘enchufe’. De esta manera, el departamento que dirige Sara Aagesen busca «prevenir el acaparamiento y la especulación» que ha empezado a aflorar en la red eléctrica ante el enorme interés por conectarse de la industria, los centros de datos y los proyectos de hidrógeno, entre otros.
[–>[–>[–>Repotenciación
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El Gobierno incorpora al ordenamiento jurídico la definición de repotenciación de la normativa europea, que supone la renovación de instalaciones eléctricas, como los aerogeneradores o los paneles solares, y se compromete a desarrollar en el plazo de nueve meses una ‘Hoja de ruta nacional para la dinamización de la repotenciación’ con «objetivos estratégicos» y «medidas técnicas, regulatorias y financieras para incentivar la sustitución de los equipos e incrementar la eficiencia y la producción de energía».
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Almacenamiento
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El Real Decreto fomenta el almacenamiento de energía, que debe alcanzar una potencia de 22 gigavatios (GW) en 2030 al agilizar la tramitación administrativa de las hibridaciones con plantas de generación de energía renovable ya existentes, como el reconocimiento de los estudios de impacto ambiental realizados en la planta sin necesidad de duplicar la tramitación. «Este impulso al almacenamiento permitirá tener un sistema más robusto y unos precios de la electricidad más competitivos para ciudadanos y empresas, aumentando la competitividad del sector industrial español y atrayendo inversiones», ha afirmado en un comunicado el director general de UNEF, José Donoso.
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