El Gobierno presentará otro decreto para evitar que la ayuda al gasóleo obligue a una rebaja del precio del transporte
El Gobierno se verá obligado a aprobar otro decreto ley para ejecutar las ayudas adicionales prometidas al sector del transporte para amortiguar el impacto de la guerra en Oriente Medio. Este acuerdo, firmado entre el Ministerio y la Comisión Nacional de Transportes por Carretera (CNTC) -que agrupa a las principales patronales del sector- implementará el nuevo paquete de medidas, que incluirá una modificación de la fórmula de revisión del precio del transporte en función de la variación del precio del combustible, que no necesitará revisiones adicionales en situaciones futuras, ya que estará ligada al precio del combustible antes de impuestos. A partir de hoy, el peso del combustible pasaría del 30% actual al 40%.
También se aprobará la obligación de desglosar en la factura el ajuste por variaciones del precio del combustible prevista en el Real Decreto-ley 3/2022, eliminando la posibilidad de incluir expresamente en los contratos otra forma de reflejar este ajuste. De esta forma, Transportes quiere evitar que la rebaja del impuesto al gasóleo o la ayuda de 20 céntimos por litro de carburante bajen artificialmente el precio de los contratos de transporte, después de que los transportistas denunciaran que algunos clientes habían intentado reducir el importe de los contratos. El Ministerio se compromete a incorporar al decreto que los precios medios del gasóleo deben tomarse como referencia sin incluir impuestos -ni IEH (impuesto especial sobre hidrocarburos) ni IVA-, por lo que el cálculo de la revisión del precio del transporte no puede considerarse una bonificación o ayuda extraordinaria.
También se ha comprometido a aprobar un sistema sancionador que penalice el incumplimiento de esta medida durante el plazo que dure este decreto y a respetar la obligación de aplicar la fórmula para calcular la revisión del precio del transporte cuando se haya producido una variación igual o superior al 5% del precio del combustible (o umbral inferior en caso de acuerdo entre las partes).
El Ministerio también se ha abierto a evaluar otras medidas adicionales en función de la evolución de los precios de los combustibles y la presentación de una modificación de la fórmula de indexación que responda definitivamente a la variación de los precios de los combustibles en cada momento, sin necesidad de nuevas revisiones, además del análisis de posibles medidas compensatorias por el retraso en la modificación de dicha cláusula. También la eliminación del límite de 50.000 litros que se aplica a la devolución del gasóleo profesional y la eliminación del pacto en contrario en la obligación de detallar en la factura el ajuste por variaciones en el precio del combustible previsto en el real decreto 3/2022.
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