el gran cambio del reglamento de circulación
Los conductores siempre deben usar guantes protectores y pueden usar el hombro durante los atascos; Estarán prohibidos los adelantamientos en autopistas y autovías cubiertas de nieve; La edad mínima para circular en patinete eléctrico será de 15 años y los conductores deberán dejar un espacio de cinco metros delante (en ciudad) para los ciclistas. Además, entre otros cambios en el Reglamento General de Circulación, cuando hay un atasco en autovías o autovías, los automovilistas deberán detenerse para crear un carril central de emergencia por el que puedan pasar ambulancias y otros vehículos prioritarios.
Después de más de cinco años de trabajo y numerosos retrasos, el Consejo de Ministros aprobó el martes una modificación del reglamento cuyo objetivo es mejorar la protección de los usuarios vulnerables de la vía, es decir, peatones, ciclistas, motociclistas y conductores de vehículos de movilidad personal (VPM).
Esta reforma, que entrará en vigor el 1 de octubre e incluye innovaciones que no sólo afectan a estas categorías, adapta el código de circulación a los cambios que experimenta la movilidad. Hemos pasado «de un enfoque centrado en la carretera y el vehículo a otro que sitúa a las personas y al entorno urbano en el centro», subraya el Ministerio del Interior en una nota.
Por primera vez la ley introduce una definición de usuario vulnerable de la vía, «aquello que por el medio de transporte utilizado o por las características físicas del grupo de edad al que pertenece, corren un mayor riesgo de sufrir lesiones» en caso de accidente de tráfico o de mayor gravedad.
Las principales novedades introducidas en el Reglamento Circulan se agrupan en seis grandes bloques:
Conductores de vehículos de movilidad personal (VMP)
- Edad mínima de 15 años para conducir un VMP.
- De noche o en situaciones de mala visibilidad deberán llevar casco protector y chaqueta reflectante. Los profesionales que viajen con VMP deberán utilizarlo siempre. Ambas constituyen una infracción grave con multa de 200 euros.
- Estos vehículos deberán tener sus luces encendidas en todo momento.
- Fuera de los centros urbanos, los VMP pueden circular por rutas separadas de los vehículos a motor, como carriles bici o carriles bici.
ciclistas
- Se eliminan las exenciones en el uso del casco y todos los ciclistas deberán llevarlo en las vías interurbanas.
- Los ciclistas que realicen su actividad profesional a bordo de este vehículo (ciclistas) deberán llevar siempre casco de protección y chaqueta reflectante. Ambas situaciones constituyen una infracción grave con multa de 200 euros.
- El conductor que adelante a un ciclista en una vía interurbana deberá reducir su velocidad en al menos 20 kilómetros por hora respecto al límite existente en la vía.
- Además, en vías con varios carriles por sentido, el conductor que adelanta deberá cambiar completamente de carril, además de respetar la separación lateral de 1,5 m.
- En las vías urbanas, los ciclistas circulan preferentemente por el centro del carril para mejorar su seguridad.
- Incluso en ciudad, los conductores de vehículos a motor deben mantener una separación mínima de 5 metros con los ciclistas que les preceden en el mismo carril.
- En vías de un solo carril donde la velocidad esté limitada a 30 kilómetros por hora o menos, y sujeto a señalización, la autoridad municipal podrá permitir la circulación de bicicletas en ambos sentidos.
Usuarios de motocicletas
- Es obligatorio el uso de guantes de protección para conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores en vías interurbanas y de calzado cerrado en todo tipo de vías. Ambas constituyen una infracción grave cuya multa es de 200 euros.
- Se permite la circulación de motocicletas por el arcén derecho en caso de tráfico congestionado, sin exceder la velocidad de 30 kilómetros por hora y sujeto a la señalización del tramo.
- Los cascos de protección para ciclomotores deben estar homologados y no simplemente certificados.
- Los motociclistas que desarrollen su actividad profesional a bordo de una motocicleta deberán llevar siempre una chaqueta reflectante. Se trata de una infracción grave con multa de 200 euros.
Dispositivos de protección
- Se eliminan las exenciones al uso del cinturón de seguridad para taxistas, vehículos comerciales y vehículos de formación en conducción. A partir de ahora tendrán que llevarlo siempre.
- Se establece una excepción que protege a los pasajeros de ambulancias sanitarias equipadas para permitir la asistencia técnico-sanitaria durante el viaje cuando ocupen la cabina del paciente durante el servicio de urgencia.
Otras normas en vías interurbanas
- Los vehículos que adelanten a otros vehículos inmovilizados, por accidente, avería, salvamento, mantenimiento o regulación de la circulación, deberán dejar una separación lateral de 1,5 metros y reducir su velocidad en al menos 20 kilómetros por hora respecto al límite existente en la vía.
- En autopistas y autovías, cuando el tráfico esté complicado debido a la nieve, está prohibido adelantar y se circulará exclusivamente por el carril derecho, dejando abierto el carril izquierdo para la circulación de vehículos de emergencia y quitanieves.
- Cuando, debido a un atasco, los vehículos circulan a paso de peatón o se detienen, deberán ser detenidos de forma que se deje libre un espacio central para permitir el paso de los vehículos policiales y otros servicios de emergencia, espacio denominado «carril de emergencia».
Otras regulaciones en vías urbanas
- En los pasos de peatones equipados con semáforos, por norma general, la luz naranja intermitente para los vehículos no puede coincidir con la luz verde para los peatones.
- Se dota de personalidad jurídica a los itinerarios escolares seguros, definiéndolos como un conjunto de vías acondicionadas por la autoridad competente para favorecer que niños y niñas acudan al colegio a pie, en transporte público o utilizando medios de movilidad no motorizados.
- Se regula la maniobra de estacionamiento de las autocaravanas, que no pueden extender sus elementos más allá del perímetro del vehículo, dada la proyección en planta, deben apoyarse únicamente sobre los neumáticos y no pueden derramar líquidos del habitáculo.
Entrada en vigor
El real decreto aprobado este martes por el Consejo de Ministros entrará en vigor el 1 de octubre de 2026, a excepción de los artículos relativos a la iluminación obligatoria para VMP y a los cascos homologados para motociclistas, que entrarán en vigor a partir del 1 de octubre de 2027. En cambio, el artículo relativo a la obligación de llevar guantes de protección homologados entrará en vigor cuando entre en vigor la orden ministerial que regula sus especificaciones técnicas; Mientras tanto, se utilizarán guantes protectores de las mismas características que los que se utilizan actualmente.
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