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El Supremo estudiará un caso similar al de Noelia para sentar jurisprudencia sobre si un padre puede recurrir la eutanasia de su hijo

El Supremo estudiará un caso similar al de Noelia para sentar jurisprudencia sobre si un padre puede recurrir la eutanasia de su hijo
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  • Publishedmarzo 27, 2026



El próximo 19 de mayo se reunirá el Pleno de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema, integrada por 33 magistrados, para estudiar un caso de eutanasia en el que se debe establecer jurisprudencia sobre si el padre del afectado está legitimado para recurrir la decisión de su hijo.

Este debate surge a raíz del recurso presentado por la Generalitat de Cataluña en noviembre contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que legitimó a un padre de 95 años para oponerse a la concesión de la eutanasia a su hijo55 años, pese a contar con aval médico, situación similar a la vivida por noeliala joven de 25 años que recibió la eutanasia este jueves.

En el recurso, presentado por el procedimiento especial de protección de derechos fundamentales, la Generalitat alega que la Ley Orgánica Reguladora de la Eutanasia (LORE) no contempla ninguna legitimación expresa para que terceros recurran la concesión o denegación de la prestación de la eutanasia.

Sostuvo que la sentencia apelada debe ser anulada porque en la ponderación de todos los elementos en juego desconoció la modulación hecha por el legislador y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

En Cataluña hubo 824 solicitudes de beneficios de eutanasia entre 2021 y 2024

Asimismo, consideró pertinente una sentencia del Tribunal Supremo ya que la cuestión planteada puede afectar a un gran número de situaciones y aportó datos que Entre 2021 y 2024 se realizaron 824 solicitudes de beneficios de eutanasia en Cataluñareconociendo 445, el 54% del total, y que estos han ido incrementándose con la implementación paulatina de la LORE.

La Sala de Admisión explica en su auto que la cuestión planteada en el recurso de casación tiene interés casacional para la formación de jurisprudencia debido, fundamentalmente, a que aún no existe jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre esta materia, en parte por la reciente vigencia de la LORE, y, además, por los derechos fundamentales en juego. Agrega además que el tema puede trascender este recurso y que la doctrina establecida puede tener una importante visión expansiva.

Por tanto, se pronunciará sobre la siguiente cuestión: “Determinar cuáles son los requisitos y circunstancias que permiten establecer la concurrencia de un interés legítimo de un tercero (en este caso, un progenitor), a fin de reconocer su legitimidad en un procedimiento judicial en relación con el reconocimiento de la prestación de la eutanasia, a petición de un solicitante mayor de edad con plena capacidad para decidir sobre su vida”.

El tribunal indica que, de acuerdo con las normas de reparto, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo es competente para resolver la cuestión planteada, otorgando a este recurso un trámite preferente.

El caso concreto tiene su origen en una resolución de la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña que autorizó la eutanasia solicitada por un hombre adulto del que no se sabía que estuviera privado de sus capacidades. El padre del demandante presentó un recurso de apelación alegando que el derecho a la vida estaba en juegola cual tiene una obligación positiva por parte del Estado de proteger la vida de las personas, especialmente las más vulnerables, y que su hijo se encontraba en esta situación, porque padecía problemas de salud mental, y no estaba en condiciones de tomar la decisión de poner fin a su vida. Un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Barcelona desestimó el recurso del progenitor por falta de legitimación y, posteriormente, el TSJC falló a favor del progenitor.

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