El Supremo tumba en un mes 24 sentencias que obligaban a Santander a devolver sus inversiones a clientes de Popular
Él Corte Suprema ha caído durante diciembre 24 frases dictado entre 2020 y 2023 en el que Santander se obligaba a devolver a los clientes de Banco Popular sus inversiones en la compra de productos de la antigua entidad, la mayoría de ellos particulares que habían destinado entre 7.000 y 600.000 euros.
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha analizado los recursos presentados por Santander contra sentencias dictadas por distintas Audiencias Provinciales que desestimaron los recursos presentados por el banco que preside Ana Botíncontra sentencias de tribunales de primera instancia.
En estas sentencias recurridas, los jueces habían anulado los contratos firmados por clientes del Popular con el banco para la compra de acciones, bonos u otros productos, por un defecto en el consentimiento derivado de una información errónea y falsa. Santander debía hacerse cargo de las restituciones.
Entre las sentencias anuladas se encuentra una que pactó con Asufin en defensa de un cliente de Popular.
El mayor banco español se hizo con el Popular en junio de 2017, por un euro, justo después de la Banco Central Europeo confirmó la inviabilidad del banco entonces presidido por Emilio Saracho. Santander acometió una ampliación de capital de 7.000 millones en la absorción.
Las recientes sentencias del Tribunal Supremo consultadas por este diario en el buscador Consejo General del Poder Judicialfueron firmados los días 11, 15 y 19 de diciembre.
La mayoría de los casos afectan a antiguos clientes del Banco Popular, particulares, parejas, que destinaron parte de sus ahorros a la compra de acciones u otros valores emitidos por la entidad, adquiridos años antes de la resolución del banco español, en 2017, y su posterior absorción por parte del Santander.
Casos como el de un cliente que interpuso demanda ordinaria contra Santander, ejerciendo una acción de nulidad por falta de consentimiento, en la compra de acciones del Popular por importe de 7.166 euros.
El juzgado de instancia de A Estrada declaró nulo el contrato y condenó al Santander a devolver la inversión al demandante en junio de 2021. Posteriormente, el Audiencia Provincial de Pontevedra El recurso interpuesto por el banco fue desestimado.
O el caso de los herederos de un excliente del Popular, que demandaron al banco exigiendo la anulación de la orden de suscripción de obligaciones subordinadas. valorado en 664.000 eurosen 2011.

Él Juzgado de Primera Instancia de Salamanca emitió sentencia en octubre de 2020 estimando la demanda, declarando nulo el contrato y obligando a Santander a devolver las cantidades reclamadas; en junio de 2021 el Audiencia Provincial de Salamanca El recurso interpuesto por el banco fue desestimado.
También entre los casos consultados por este diario se encuentran los del Asociación de usuarios financieros (Asufín), que actuó en defensa de un excliente del Popular, que reclamaba la nulidad de la compra de obligaciones subordinadas de la entidad por importe de 450.000 euros.
El Juzgado de Primera Instancia de Madrid, en 2020, dictó sentencia estimando la demanda, obligando a la entidad a devolver la cantidad reclamada. En junio de 2021 el Audiencia Provincial de Madrid El recurso de Santander fue desestimado.
Santander, Popular, juicio y TJUE
En sus recientes sentencias, el Tribunal Supremo estima los recursos interpuestos por Santander y desestima las pretensiones aplicando la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) contenido en su sentencia del 5 de mayo de 2022.
El Tribunal Supremo recuerda que las cuestiones planteadas ya han sido resueltos en la jurisprudencia establecida a partir de la sentencia 113/2025 de 22 de enero que aplican esa doctrina europea.
El tribunal explica que la sentencia europea declaró que el Directiva 2014/59 se opone a la posterior amortización total de las acciones de una entidad de crédito sujeta a resolución, como fue el caso del Popular, para aquellas que hubieran adquirido acciones emitidas antes del inicio del proceso de resolución, ejercerá acciones de responsabilidad por folleto.
El contenido de la sentencia del TJUE de mayo de 2022 es clave para Santanderno sólo en las demandas interpuestas por ex clientes del Popular, también en el juicio contra el ex presidente del desaparecido banco, ángel rony doce directores.


el juez José Luis Calama abrió juicio oral en noviembre pasado, sin fecha aún, en un auto en el que estableció un fianza provisional de 2.277 millones de euros, y en el que incluyó a PwC y Santander como partes civiles subsidiarias.
El primer banco español se ha rebelado contra esa orden del juez de la Audiencia Nacional, basándose en la sentencia de 2022 del TJUE, tal y como ha publicado este periódico.
la oficina Uríaquien representa a Santander, afirmó en una carta enviada al Tribunal que la apertura del juicio oral contra el banco «ha supuesto una vulneración del principio de primacía del Derecho de la Unión, con la consiguiente vulneración de la Constitución Española«. Y asegura que tras la sentencia europea los tribunales civiles «aplican por unanimidad» esa doctrina, y dice que «ya se han notificado más de 10.000 sentencias que ya son firmes».
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