el último bulo contra las luces conectadas de la DGT
Después de varias semanas de desinformación, controversias y ataques Desde varios ángulos, el último engaño contra el faro V-16 conectado, obligatorio en los vehículos a partir del 1 de enero de 2026, es el de las normas que lo protegen «Es ilegal». Y también inconstitucional: presumiblemente, el Dirección General de Tráfico (DGT) elude la Carta Magna con un dispositivo que emite destellos de luz para advertir de la presencia de un vehículo en la vía.
Esto es lo que mantiene a un bufete de abogados en uno publicar en TikTok, en el que afirma que el La organización que dirige Pere Navarro “no dispone de los informes obligatorios que la ley exige la colocación de este faro» y que, de hecho, lo ha «reconocido». Sin esos documentos «no se puede demostrar que [la obligatoriedad de la baliza] útil, necesario o justo”, y la consecuencia no es insignificante, según el abogado que defiende esta idea: “Cuando una regla se impone precisamente porque, esto es totalmente arbitrario, y por eso inconstitucional».
el presidente de Automovilistas Europeos Asociados, Mario Arnaldo, abogado y experto en el tema, ofrece un fuerte contraargumento: “La Corte Suprema ya lo estableció y lo dijo «Los faros son legales».
Arnaldo hace referencia a una sentencia de octubre de 2022 en la que el Tribunal Superior se pronunció sobre la posibilidad de que los fabricantes sigan comercializando balizas offline hasta el 1 de enero de 2026, día en el que perderán su validez. Además de apoyar el establecimiento de un período transitorio que permita la venta de balizas conectadas y analógicas, el supremo se refiere a la obligatoriedad del faro y niega que su implementación “carezca de motivación o razón suficiente” para su adopción, o que los estudios previos, o los informes preceptivos emitidos, sean insuficientes”.
El Tribunal Supremo y el V-16
Después de todo, la frase lo especifica. sustitución de triángulos de advertencia de las luces de emergencia V-16 “No es el resultado de una decisión arbitraria, sino una opción, entre muchas posibles, cuya elección, insistimos, corresponde al legislador regulador.» Es decir, a la DGT, a los Ministerios del Interior y de Industria y, finalmente, al Consejo de Ministros, que aprobó el Real Decreto que regula los servicios de asistencia en carretera y su posterior modificación, motivado en gran medida por la sentencia del Tribunal Supremo.
En la base jurídica de la sentencia, el Tribunal apoya esto “La señalización con triángulos de emergencia ha causado muchas muertes, sin que quede demostrado que el nuevo sistema suponga un paso atrás en seguridad vial».
Y niega también que haya algún problema en avanzar en otra dirección que no sea la Unión Europea: “El hecho que en el resto de países europeos se mantienen los triángulos emergencia No es un obstáculo para la innovación. Armonización no es uniformidad”, afirma el Tribunal Supremo, cuyo texto aporta otra afirmación sorprendente: “Lo que no se puede esperar es la petrificación de los sistemas de seguridad, ignorando nuevas herramientas que, en principio, constituyen un avance en seguridad vial”.
Mario Arnaldo coincide con esta opinión. «Espero, Al menos me quitaron la obligación que hasta ahora he tenido que arriesgar mi vida vagando por el camino, afirma. Este experto considera peligrosos algunos mensajes lanzados en las últimas semanas. «Como el bombero que salió el otro día diciendo ‘escúchame y llévate también los triángulos’. No, no, no son complementarios, el faro los sustituye», recuerda Arnaldo.
Esto está bien para usar triángulos.
Otras muchas voces se mostraron contra el faro V-16, o al menos contra la eliminación de los triángulos, y el propio Director General de Tráfico, peras Navarro, afirmó en una entrevista en Antena 3 que el el uso del triángulo no será penalizado, y Tráfico prepara una instrucción al respecto para denunciarlo a los agentes del Grupo de Tráfico de la Guardia Civil. «Puedes tenerlo. Si te da tranquilidad, creo que puedes manejarlo perfectamente», dijo Navarro. En cualquier caso, el director de Tráfico insistió en ello. No es buena idea seguir usando este accesorio: «¿Qué deseas? Sal del auto en un cambio de gradiente ve y coloca el triángulo y ser atropellado? Noveno».
La empresa Devolver, especializado en la defensa de los conductores, expresa su rechazo a la obligatoriedad del faro V-16. “Es una disposición que, a pesar de tener validez legal, la consideramos como tal no existe un enfoque práctico adecuado», defiende a su portavoz, Pedro Javalolles, que critica la ausencia de «una explicación técnica, un estudio o un informe independiente que justifique su aplicación».
Según él falta “Conocer el peso estadístico de estos incidentes [por atropello a causa de los triángulos] evaluar si la medida realmente reduce el riesgo o si sólo proporciona una percepción de seguridad».
En lo que coinciden los expertos consultados es Legalidad del faro V-16 en materia de geolocalización y el uso de los datos del conductor. Una vez activados, los dispositivos envían su posición a la plataforma de la DGT 3.0, pero la DGT no sabe a quién pertenece ese dispositivo ni de qué vehículo se trata, ya que las balizas no están asociadas a ninguna matrícula.
“Ni en el momento de la compra ni en el momento de la instalación facilitamos datos personales a la Administración. “No tengo que ingresar mi registro ni registrar ninguna pregunta, no” recuerda el La abogada de ARAG Miriam Montero. La Agencia Española de Protección de Datos, de hecho, ha emitido «una norma informativa indicando que no existe ningún tipo de infracción» en este sentido.
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