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En España no te pueden despedir si estás embarazada

En España no te pueden despedir si estás embarazada
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  • Publishedfebrero 12, 2026




Él Real Decreto Ley 9/2025 refuerza significativamente la protección de las trabajadoras embarazadas en el lugar de trabajo, consolidando derechos que buscan garantizar su salud y la del futuro bebé. La norma reconoce el derecho a ausentarse del trabajo por el tiempo necesario para realizar exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, siempre que deban realizarse dentro de la jornada laboral. De esta manera se elimina cualquier duda sobre la obligación de facilitar estas ausencias sin pérdida de derechos.

Además, el texto contempla la posibilidad de adaptar el puesto de trabajo o la jornada laboral cuando las condiciones laborales puedan suponer un riesgo para la madre subrogada. Si la adaptación no es viable, el trabajador puede acceder a la suspensión del contrato por riesgo durante el embarazocon derecho a una prestación económica equivalente al 100% de la base reguladora de la incapacidad temporal. Esta cobertura se mantiene hasta el momento de la entrega y preserva la antigüedad en la empresa, por lo que no pone en riesgo tu contrato siempre y cuando se sigan las reglas establecidas.

Al mismo tiempo, la norma también refuerza la protección después del nacimiento, ampliando la licencia para nacimiento y cuidado del niño hasta diecinueve semanas para cada padrede los cuales seis son obligatorios inmediatamente después del parto. A ello se suman medidas de conciliación como el permiso por lactancia hasta los nueve meses y la posibilidad de solicitar permisos o reducciones de jornada para el cuidado de los hijos. En conjunto, el decreto consolida un marco más garantista para las trabajadoras durante el embarazo y en los primeros meses de crianza. Sin embargo, ¿qué pasa si la empresa decide despedir al empleado?

Los derechos de las trabajadoras embarazadas frente al despido

Sebastián Ramírez, abogado laboralista conocido en las redes sociales por sus publicaciones sobre derecho laboral bajo el nombre «Leyes con Sebas», expone el legítimo derecho que pueden reclamar todos los trabajadores que se encuentran en este estado si su empresa decide rescindir su contrato de trabajo. «No te pueden despedir si estás embarazada de cualquier forma.«, comienza explicando el profesional del derecho laboral en una de sus últimas publicaciones. De esta manera, refleja que existe un miedo intrínseco entre los empleados que esperan un hijo respecto a las acciones que la empresa puede tomar y, por eso, como solución, deciden llevarlo en secreto.

«Para nadie es un secreto que muchas mujeres que están embarazadas tienen miedo de decírselo a la empresa por miedo a posibles represalias. Esto es algo que pasó, mucho, y que sigue pasando hoy», comenta. Sin embargo, destaca que actualmente los derechos laborales protegen a los afectados y esta discriminación no puede llevarse a cabo sin consecuencias legales. «Y es que No te podrían despedir aunque estuvieras en periodo de prueba.ya que la ley es más garantista para las mujeres que están en esta situación porque merecen una protección especial, como es normal», añade.

Sin embargo, cuál es el procedimiento para denunciar e incluso presentar una denuncia contra la empresa infractora, así como las consecuencias que tiene que afrontar la entidad. «En muchas ocasiones hay despidos y los jueces establecen que es un despido nulo, lo que implica pagar todos los salarios desde el día que el trabajador fue despedido hasta que se celebró el juicio y hubo sentencia«, confirma. En definitiva, los derechos del trabajador están protegidos, como explica el abogado, y la compensación económica por dicho despido es considerable, al igual que su nulidad.

La cantidad que la empresa debe pagar en estos casos

Ramírez indica que la prolongación de estos juicios resulta en grandes cantidades de dinero. «Entonces, podrían ser uno o dos años de salario perfectamente bien y luego, por supuesto, readmisión o posibles daños y perjuicios con las multas que ello supondría«, indica. Al mismo tiempo, si finalmente se lleva a cabo un despido improcedente, la indemnización se suma a la suma anterior, es decir, no es sustitutiva ni excluyente. «Entonces, si eres empresario, ya sabes lo que no se puede hacer y, si eres trabajador y alguna vez te encuentras en esta situación, debes saber que se están vulnerando tus derechos», concluye.



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