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Estos patinetes eléctricos necesitan carnet para poderlos conducir

Estos patinetes eléctricos necesitan carnet para poderlos conducir
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  • Publishedenero 24, 2026



para conducir a patinete electrico No necesitas permiso de conducir… ¿O sí? La respuesta depende del tipo de Vehículo de Movilidad Personal (PMV) y de la velocidad máxima que pueda alcanzar, porque una sentencia del Tribunal Supremo acaba de sentar la jurisprudencia.

En 2026, la Dirección General de Tráfico (DGT) cerró la valla a los patinetes eléctricos, y seguirá haciéndolo este año cuando finalmente entre en vigor el seguro obligatorio. Pero ya existen reglas muy claras para los VMP Hasta hace unos años no existía ninguna ley que los regulara. De modo que el último fallo del Tribunal Superior cierra una puerta y deja menos margen de interpretación.

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Así es la sentencia del Tribunal Supremo sobre los patinetes



Patinete eléctrico Sabway Diablo

Fuente: Sabway

El origen de la avería está en un episodio ocurrido en Barcelona en septiembre de 2021. Un conductor fue interceptado mientras conducía un patinete eléctrico Sabway Diablo, equipado con Motor de 1900W que podría alcanzar los 45km/h. Y no tenía licencia, porque no creía que la necesitara para conducir un scooter eléctrico. Sin embargo, la policía no lo interpretó de la misma manera, por lo que lo denunciaron y el asunto acabó en los tribunales.

El Juzgado de lo Penal condenó a este conductor por un delito contra la seguridad vial, por conducir sin el permiso correspondiente. La audiencia provincial confirmó la sentencia, pero La defensa apeló ante el Tribunal Supremoargumentando que deberían considerar el scooter como un VMP y no como un ciclomotor. También argumentó que no se habían aportado pruebas periciales suficientes.

El Tribunal Supremo rechazó el recurso y confirmó la condena, lo que sienta un precedente jurídico. El juez Julián Sánchez Melgar aclara en la sentencia que con estas características de potencia y velocidad no puede considerarse un simple patinete eléctrico. En realidad, la interpretación legal ya existía, pero ahora el máximo órgano judicial la confirma.



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