Florentino Pérez (ACS) pierde en el Supremo por la venta de activos de MRF Cartuja a Eurona
Él Corte Suprema ha puesto fin a un largo litigio que enfrenta Dragado Industrialfilial del grupo SCA presidido por Florentino Pérezcon el operador de telecomunicaciones Euronacomo el ha podido saber ECONOMÍA DIGITAL.
La resolución judicial, ahora firme, cierra definitivamente la puerta a la recuperación de más de cuatro millones de euros eso dragado tuvo que pagar al Estado como garante de MRF Cartujauna empresa de telecomunicaciones ya desaparecida.
La sentencia descarta que la venta de los activos de este último constituyen una maniobra fraudulenta para evitar el pago de deudas y refuerza, al mismo tiempo, la seguridad jurídica en las operaciones de transmisión de empresas.
El origen del conflicto está en las altas tarifas asociadas a las licencias de telecomunicaciones que MRF Cartuja se debe a la Administración. Para operar, la empresa contó con el aval de Dragado Industrialque se comprometió a responder en caso de incumplimiento.

Cuando finalmente se produjo el default, era la filial de SCA el que tuvo que hacer frente a la deuda, por un monto exacto de 4.084.815,79€. A partir de ese momento, la constructora inició una ofensiva judicial con el objetivo de recuperar una cantidad que consideraba indebidamente perdida.
El núcleo de la disputa se centró en una transacción corporativa realizada poco antes dragado tuvo que ejecutar la garantía. MRF Cartuja vendió su negocio principal (licencias, negocios operativos y activos principales) a Eurona por 13,1 millones de euros.
Tras la transacción, la empresa quedó prácticamente vacía de activos y, en poco tiempo, terminó en quiebra.
Para dragadoLa secuencia de los acontecimientos no dejó lugar a dudas: La venta había servido para descapitalizar a la sociedad avalada y dejarla sin capacidad real de respuesta ante sus acreedores.especialmente frente a la persona que había asumido el riesgo como garante.
Con este planteamiento, Dragados solicitó ante los tribunales la anulación de la operación o, de forma subsidiaria, que Eurona fue declarada corresponsable del pago de la deuda.
El Supremo anula a ACS por dos motivos
Sin embargo, tanto los niveles inferiores como, ahora, los El Tribunal Supremo ha rechazado estas reclamaciones. El Tribunal Superior apoya su decisión en dos fundamentos clave que son especialmente relevantes desde el punto de vista empresarial y concursal.
En primer lugar, la sentencia insiste en la principio de libertad de empresa y en la posibilidad de transferir bienes y negocios dentro de los márgenes legales.


Él Supremo considera que la venta de una actividad por un precio determinado—incluso si conlleva la quiebra del vendedor— no puede clasificarse automáticamente como segregación encubierta ni implica, por sí solo, que el comprador deba asumir las deudas del transmitente.
Para que exista sucesión empresarial con responsabilidad solidaria es necesario que Se producen supuestos legales muy específicos.como la continuidad de la unidad productiva en determinadas condiciones, algo que, a juicio de los magistrados, no ocurre en este caso.
El segundo argumento tiene un marcado carácter procesal y es decisivo para el resultado del litigio. Una vez que MRF Cartuja haya entrado en concurso de acreedores, cualquier acción encaminada a rescindir o impugnar operaciones realizadas con anterioridad debería plantearse en interés de todos los acreedores, no sólo de uno.
La legislación concursal atribuye esta facultad, en primer lugar, a la administración de quiebras, precisamente para evitar actuaciones individuales que puedan alterar el equilibrio del procedimiento.
Según la sentencia, Dragados debería haber solicitado formalmente a la administración concursal que impugnara la venta de los activos a Eurona y, sólo en caso de negativa injustificada, podría haber interpuesto la acción por su cuenta.
El Tribunal Supremo concluye que la filial de ACS no demostró haber seguido correctamente este procedimiento legallo que invalida su reclamación independientemente del fondo económico del asunto.


El resultado es abrumador. Dragados pierde definitivamente la posibilidad de recuperar los 4,08 millones de euros pagados como garante y, además, deberá asumir las costas procesales del procedimientoincluidos los honorarios de defensa de la parte contraria.
Para SCAla sentencia supone asumir como pérdida definitiva una cantidad relevante, aunque limitada en relación al tamaño del grupo, y pone de relieve los riesgos asociados a la provisión de garantías en sectores regulados y altamente inciertos.
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