HACIENDA BODA | Alerta con los regalos de boda no declarados: Hacienda puede multarlos, desde el Bizum de tu prima a la televisión del padrino
El miedo a las multas de Hacienda es una de las preocupaciones más habituales entre los contribuyentes en España. Cada año, miles de personas reciben avisos o requerimientos de la Agencia Tributaria por errores o por no haber declarado determinados ingresos o movimientos económicos.
[–>[–>[–>El problema es que muchas de estas obligaciones fiscales no siempre son evidentes. Más allá del salario o los rendimientos bancarios, existen otros ingresos que también deben comunicarse al fisco. Entre ellos se encuentran algunos que mucha gente no sospecha, como los regalos o determinadas ayudas económicas recibidas de familiares o amigos.
[–> [–>[–>Regalos de boda
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Uno de los casos que genera más dudas aparece en las bodas. Organizar una celebración suele suponer un gasto importante para la pareja. Según estudios del sector nupcial, el coste medio de una boda en España supera los 21.000 euros, una cantidad que muchas parejas intentan equilibrar gracias a los regalos de los invitados, especialmente cuando estos aportan dinero para cubrir el coste del banquete.
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Sin embargo, lo que muchos novios desconocen es que estos regalos también deben declararse ante la Agencia Tributaria. Cada vez que un invitado entrega dinero para “pagar el cubierto” o realiza un obsequio, Hacienda lo considera una donación, es decir, un bien recibido sin contraprestación. Por ese motivo, este tipo de regalos está sujeto al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, tanto si se trata de dinero como si es un bien material.
[–>[–>[–>Esto significa que no solo se deben declarar las transferencias o los sobres con dinero en efectivo. También entran dentro de esta categoría los regalos en especie, como electrodomésticos, joyas, obras de arte o cualquier otro objeto que tenga un valor económico. En estos casos, el bien debe valorarse a precio de mercado para determinar su tributación.
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Ojo con los Bizums
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En los últimos años, además, se ha vuelto cada vez más habitual que los invitados hagan los regalos mediante transferencias bancarias o Bizum, en lugar del tradicional sobre con dinero. Esto facilita que Hacienda pueda rastrear el origen de los fondos, ya que las entidades financieras están obligadas a comunicar determinados movimientos al fisco.
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[–>Por ejemplo, los bancos deben informar a la Agencia Tributaria de transferencias superiores a 3.000 euros, ingresos en efectivo con billetes de 500 euros o cualquier ingreso en metálico que supere los 1.000 euros. Cuando se detectan movimientos de este tipo, la entidad puede solicitar a los titulares de la cuenta que expliquen la procedencia del dinero.
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Impuesto de Sucesiones y Donaciones
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Para cumplir con la normativa, los regalos de boda deben declararse a través del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. El trámite consiste en presentar el modelo 651 ante la administración tributaria correspondiente dentro de los seis meses posteriores a la boda, indicando el valor del regalo y la relación entre la persona que lo entrega y quien lo recibe.
[–>[–>[–>El importe que se paga depende de varios factores. Entre ellos se encuentran la cantidad recibida, el grado de parentesco entre el donante y los novios y la comunidad autónoma donde se tribute.
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Multas
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Las multas pueden variar según la cantidad no declarada. Cuando el importe ocultado es de hasta 3.000 euros, la sanción puede alcanzar el 50% de la cantidad no declarada. Si el importe supera ese nivel, las sanciones pueden situarse entre el 50% y el 150%, dependiendo de la gravedad de la infracción.
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En los casos considerados más graves, especialmente si se detectan prácticas fraudulentas o intención de ocultar ingresos, la sanción puede llegar incluso hasta el 150% del dinero no declarado. Además, Hacienda puede exigir también el pago de recargos e intereses de demora.
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Otro aspecto que muchas parejas desconocen es que la Agencia Tributaria puede revisar estas operaciones durante varios años. El organismo dispone de hasta cuatro años para comprobar si se ha producido un incremento patrimonial que no haya sido declarado correctamente.
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Por este motivo, los expertos fiscales recomiendan mantener siempre transparencia con la Agencia Tributaria y declarar correctamente los regalos recibidos. Además, en caso de dudas, aconsejan consultar con un asesor fiscal que pueda explicar cómo realizar el trámite y qué implicaciones tiene según la comunidad autónoma. Solo así, los novios podrán vivir felices y comer perdices sin preocuparse por el fisco.
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