Hacienda podrá rastrear tus pagos con tarjeta desde el 1 de enero si superas este límite
El inicio de 2026 traerá consigo un cambio relevante en la relación entre los contribuyentes y la Agencia Tributariaespecialmente en lo que respecta al uso de tarjetas bancarias y otros sistemas de pago electrónico. A partir del 1 de enero, Hacienda tendrá mayor capacidad para seguir los movimientos económicos realizados con tarjeta cuando se supere un determinado umbral anual, una medida que se enmarca en la estrategia del Gobierno para reforzar la lucha contra el fraude fiscal.
La modificación normativa se apoya en el Real Decreto 253/2025que introduce cambios en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y actualiza las obligaciones de información de las entidades financieras. El objetivo es adaptar el sistema tributario a una realidad en la que los pagos en efectivo pierden peso frente a las transacciones digitales.
Este nuevo marco legal no implica un control indiscriminado de todos los movimientospero sí establece nuevos criterios que amplían el volumen de información que los bancos deben enviar al Tesoro. El cambio afecta tanto a los pagos en tiendas físicas como a las operaciones online y a las realizadas a través de dispositivos móviles.
Adiós al antiguo umbral y a la nueva obligación de información
Hasta ahora las entidades bancarias sólo estaban obligadas a informar a la Agencia Tributaria de determinadas operaciones que superaban los 3.000 euros.y lo hicieron anualmente. Este límite funcionó como filtro para operaciones puntuales de alto valor, pero dejó fuera un gran número de movimientos recurrentes de menor importe.
Con la entrada en vigor de la nueva normativa ese umbral desaparecey se sustituye por un sistema más amplio basado en el volumen total de operaciones realizadas a lo largo del año. A partir de 2026, la atención se centra en un límite anual de 25.000 euros en cargos y créditos asociados a las tarjetas.
Además, la información ya no se enviará una vez al año y se comunicará mensualmente.lo que permitirá a la Agencia Tributaria disponer de datos mucho más actualizados y detectar antes posibles inconsistencias.
El nuevo límite: 25.000 euros al año en pagos con tarjeta
El elemento clave de la reforma es el establecimiento de un umbral anual de 25.000 eurosa partir del cual los bancos deberán informar al Tesoro de los movimientos realizados con tarjetas de crédito, débito y otros instrumentos similares. Este cálculo incluye pagos en establecimientos, compras online, recargas, retiradas de efectivo y otros cargos y créditos vinculados a la tarjeta.
Quedarán excluidas de esta obligación aquellas tarjetas cuyos movimientos no superen dicho importe anual.lo que significa que muchos usuarios con un uso moderado de medios electrónicos no verán sus datos enviados automáticamente a Hacienda por este concepto.
Sin embargo, para aquellos que exceden el límitela Agencia Tributaria dispondrá de una fotografía bastante completa del volumen de gasto y de los flujos de dinero asociados a ese medio de pago, lo que refuerza su capacidad de análisis y cruce de datos.
¿A quién afecta realmente esta medida?
El impacto más directo de esta reforma recaerá en los autónomos y las pequeñas empresascolectivos que ya estaban sujetos a un mayor control de sus cobros y pagos electrónicos. Para ellos, la principal novedad es la periodicidad mensual de la información, lo que reduce el margen de tiempo para corregir errores o regularizar situaciones.
En el caso de personas físicas, la medida no implica la obligación adicional de declararpero sí aumenta la probabilidad de que Hacienda disponga de información detallada si el volumen de pagos con tarjeta es elevado. Esto puede dar lugar a controles si los datos bancarios no coinciden con los ingresos declarados.
El objetivo declarado por la Administración es aumentar la transparencia y reducir la economía sumergidaespecialmente en un contexto en el que el uso de efectivo está disminuyendo y las transacciones digitales concentran una parte creciente de la actividad económica.

Pagos online y móviles, también fuera del radar
La nueva obligación de información no se limita a las tradicionales tarjetas físicaspero se extiende a los pagos realizados a través de plataformas digitales, aplicaciones móviles y sistemas de pago integrados en teléfonos inteligentes. Esto incluye billeteras electrónicas y servicios vinculados a cuentas bancarias.
Con esta ampliación, Hacienda adapta su capacidad de control a los hábitos de consumo actualesdonde las compras online y los pagos sin contacto ya son mayoría en muchos segmentos de la población.
El cambio normativo refuerza el mensaje de que el medio de pago no altera la obligación tributariay que cualquier operación económica relevante debe poder rastrearse si se superan determinados umbrales.
Más información no implica sanción automática
Desde el punto de vista legal, superar el límite de 25.000 euros no supone ninguna sanción automática.ni implica que el contribuyente haya cometido una irregularidad. La comunicación de datos por parte del banco es sólo un paso previo que permite al Tesoro analizar la coherencia fiscal.
Las posibles consecuencias sólo llegarían si se detectan discrepancias relevantes entre los movimientos bancarios y lo declarado en el IRPF u otros impuestos. En ese caso, la Agencia Tributaria podría iniciar un procedimiento de verificación o inspección.
Por ello, los expertos recomiendan revisar detenidamente las declaraciones de impuestos.especialmente para quienes hacen un uso intensivo de las tarjetas o concentran en ellas gran parte de su gasto anual.
Un paso más en la digitalización del control fiscal
La reforma se enmarca en una tendencia más amplia de digitalización y refuerzo del control fiscalalineado con las recomendaciones europeas y con el creciente uso de herramientas de análisis de datos por parte de las administraciones públicas.
Hacienda busca anticiparse al fraude en lugar de detectarlo a posterioriy para ello necesita información más frecuente y detallada sobre los flujos económicos reales.
Con la entrada en vigor de este nuevo sistema el 1 de enero de 2026los contribuyentes deben asumir que el uso intensivo de pagos electrónicos implica una mayor trazabilidad, lo que refuerza la importancia de mantener una tributación ordenada y consistente con la realidad económica.
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