Hacienda recuerda cómo puedes deducir hasta 1.356 euros en la Renta de 2026 gracias a tu hipoteca y al seguro de hogar
La Agencia Tributaria recoge en su portal web el detalle de la deducción por inversión en vivienda habitual para la campaña de la Renta 2026 (dado que la campaña de este año está a punto de finalizar), un beneficio fiscal que permite a determinados contribuyentes deducirse hasta 1.356 euros anuales.
Esta cifra resulta de aplicar la tipo máximo del 15 por ciento (7,5 por ciento estatal más otro 7,5 por ciento autonómico, excepto en Cataluña donde se aplican porcentajes especiales) sobre la base máxima anual de 9.040 euros. El organismo destaca que no sólo computan a efectos de la deducción el capital amortizado y los intereses del préstamo, sino también otros gastos vinculados a la financiación que muchas veces pasan desapercibidos a la hora de realizar la declaración.
Los gastos de préstamos que Hacienda permite sumar a la base
La norma incluida en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Precisa que la base de la deducción incluye, además de la amortización y los intereses, «el coste de los instrumentos para cubrir el riesgo de tasa de interés variable» y «primas de los contratos de seguros de vida e incendio, siempre que estén incluidas en el condiciones de préstamos hipotecarios obtenidos para la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual».
Es decir, si la entidad bancaria exigió al firmar la hipoteca el contratación de seguro de hogar contra incendios o seguros de vida, estos pagos anuales pueden incluirse en el cálculo del dinero invertido que da derecho a la reducción fiscal.
En la práctica, muchos propietarios ignoran este detalle y pierden la oportunidad de elevar la base al nivel 9.040 euros al año, con el consiguiente ahorro en la cuota líquida. El organismo recuerda también que si el contribuyente ha recibido cantidades como consecuencia de la amortización de cláusulas suelo, estas cantidades no se incluyen en la base de la deducción, ni siquiera cuando la entidad financiera las utiliza para reducir el principal del préstamo.
Los límites de la deducción y los gastos que nunca podrán incluirse
Para aplicar cualquiera de estos porcentajes es básico que el contribuyente ha adquirido la vivienda habitual o pagado cantidades por su construcción antes del 1 de enero de 2013. Además, ya deberá haber disfrutado de la deducción por ese mismo inmueble en 2012 o en años anteriores, con la única excepción de quienes aún no hayan podido aplicarla porque el dinero invertido en la nueva casa no superó lo invertido en viviendas anteriores que hubieran estado sujetas a la deducción, ni la plusvalía exenta de reinversión, en su caso.
Por tanto, este régimen transitorio queda cerrado para quienes adquirieron su vivienda habitual. a partir de 2013que no pueden beneficiarse de ello.
La lista de gastos no generan derechos a la deducción es igualmente relevante que el de los admitidos. Hacienda excluye expresamente la costos de mantenimiento o reparaciónconsiderando como tales la pintura, los enlucidos, la disposición de las instalaciones, la sustitución de elementos como la calefacción o el ascensor y, en general, las mejoras.
Ni Las cantidades destinadas a adquirir plazas de aparcamiento, jardines, piscinas o instalaciones deportivas forman parte de la base cuando se adquieren con independencia de la vivienda, con la única salvedad de que pueden asimilarse a una vivienda hasta dos plazas de aparcamiento adquiridas conjuntamente con ésta.
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En casos de anulación del matrimoniodivorcio o separación judicial, el contribuyente puede seguir practicando la deducción por la que fue su vivienda familiar siempre que ésta siga siendo la residencia habitual de los hijos comunes y del progenitor que tiene la custodia. La base máxima de 9.040€ Será entonces conjunta para ambas viviendas si además se adquiere una nueva vivienda habitual.
Finalmente, la Agencia Tributaria recuerda que la aplicación de la deducción requiere que el patrimonio del contribuyente al final del período impositivo superar al menos en el monto de las inversiones realizadas, el valor que tenía al inicio, sin tener en cuenta intereses ni costos de financiamiento.
Este es un mecanismo de verificación que no afecta a variaciones de valor de los elementos que siguen formando parte del patrimonio, pero que conviene tener en cuenta para evitar discrepancias con el proyecto.
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