¿Has visto esas pegatinas publicitarias en los coches y te preguntas si también puedes ponerlas en el tuyo?
Tener un coche hoy en día es un gasto constante que parece no tener fin. Entre el precio del combustible, los seguros, las inspecciones y los impuestos, el mantenimiento de un vehículo es un reto para cualquier presupuesto.
Por lo tanto, es normal buscar formas de rentabilizar ese gasto. Seguro que alguna vez has compartido coche o incluso te has planteado alquilar el tuyo propio cuando no lo estás utilizando. Pero llaman mucho la atención las pegatinas de bebidas, aplicaciones o servicios. Incluso si hay quienes se preguntan si es algo legal.
La verdad es que, en principio, En España no existe prohibición directa lo que le impide poner una pegatina en la carrocería de su coche particular. El Reglamento General de Vehículos no dice nada específico que prohíba que tu coche tenga un determinado color o diseño, siempre y cuando no se confunda con vehículos de emergencia como ambulancias o coches de policía.
Por tanto, si quieres poner un vinilo publicitario en la puerta o capó de tu coche, El código de circulación no te impedirásiempre y cuando no interfiera con la visibilidad.
El artículo 19 del Código General de Circulación marca la pauta. La superficie de cristal del vehículo debe permitir siempre una visión clara. Esto significa esto No es posible aplicar pegatinas en el parabrisas delantero ni en las ventanillas laterales. si obstaculizan su capacidad de ver lo que sucede a su alrededor.
Si decides cubrir la luneta trasera con publicidad, debes tener en cuenta que es obligatorio que tu coche esté equipado con dos espejos retrovisores exteriores, uno a cada lado. Si respetas esto, podrías poner publicidad en la luneta trasera, pero siempre con materiales homologados que permiten ver de dentro hacia fuera, como un vinilo microperforado.
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