hasta cuándo solicitarlo, requisitos y ventajas para los inquilinos
Las personas que pagan alquiler son muy conscientes de la posible prórroga del decreto de vivienda que el Congreso deberá validar en las próximas semanas. El Gobierno lo aprobó el pasado viernes como parte de su Medidas extraordinarias ante la guerra en Oriente Medioy ahora queda que la Cámara Baja lo ratifique.
El segundo vicepresidente, Yolanda Díazha pedido a «aquellas personas que tienen esos contratos de arrendamiento que Urge la prórroga para mantener estas condiciones»como la duración de los contratos y el precio del alquiler.
«Es absolutamente esencial que esta extensión sea validada para que Las familias no se enfrentan a un aumento del 30, 40 o 50% de sus contratos de alquiler», afirmó el Ministro de Derechos Sociales, Pablo Bustinduy.
Cuando aplicar
A menos que el decreto sea finalmente validado, una opción poco probable en este momento, ya que La decisión está en manos del PP y Juntssolo Se puede solicitar hasta el 20 de abril. En concreto, podrán hacerlo los inquilinos cuyo contrato finalice antes del 31 de diciembre de 2027.
En este sentido, el portavoz del Sindicato de Inquilinos de Madrid, Valeria RacúRecordó que «aunque el real decreto cae en los próximos 30 días, «La prórroga seguirá siendo válida mientras haya sido solicitada mientras estuvo en vigor el real decreto.».
¿Qué efectos tiene?
Este real decreto amplía el contrato hasta dos años más, con las condiciones del acuerdo original. Además, limita el aumento de los precios del alquiler al 2%aunque sólo si la actualización del alquiler se produce durante estos 30 días.
«Si la actualización anual de la renta cae durante el periodo en el que esté vigente el real decreto, su limitación es del 2%. Si al final el real decreto acaba cayendo, esa limitación del 2% no estaría vigente y se aplicaría el límite establecido hoy por el Ministerio», ha explicado Racu.
Cómo solicitar la prórroga
Aquellos inquilinos que quieran solicitar la prórroga deberán hacerlo expresamente por escrito al arrendador, antes de finalizar el contrato. Además, Si cumplen los requisitos, el propietario está obligado a aceptarlo..
*Seguir laSexta en Google. Todas las novedades y el mejor contenido aquí.
Puedes consultar la fuente de este artículo aquí