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Hazte Oír recurre la inadmisión de la querella contra Zapatero

Hazte Oír recurre la inadmisión de la querella contra Zapatero
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  • Publishedfebrero 4, 2026



Hazte Oír ha recurrido la decisión del juez de la Audiencia Nacional Antonio Piña de desestimar su denuncia contra el expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero por sus vínculos con el Gobierno que presidió hasta hace un mes Nicolás Maduro. La asociación denuncia que el despido acordado sin realizar diligencia alguna para esclarecer los hechos la deja en indefensión.

El día 2, Piña inadmistió la denuncia que atribuye al exjefe del Ejecutivo la presunta comisión de delitos de pertenencia a organización criminal, blanqueo de capitales y narcotráfico -considerándole «un colaborador necesario de las actividades del Cártel de los Soles, a cuya cabeza Estados Unidos sitúa al expresidente bolivariano-«. Lo hizo porque, según afirmó, la denuncia se basa en «una recopilación de información periodística» sobre las relaciones de Zapatero con el Gobierno venezolano y porque no había ninguna aportación «ningún indicio», basando sus acusaciones en una «mera suposición».

Pero la asociación querellante no está de acuerdo y ha recurrido (directamente ante la Sala de lo Penal, tribunal superior al instructor) para forzar la admisión de la denuncia con el objetivo de tomar declaraciones a «testigos directos que fueron víctimas de los hechos». El primero, Lorent. GS, según Hazte Oír, asegura que el expresidente «conocía fehacientemente las prácticas de tortura» y «presionó personalmente a su madre para que no denunciara públicamente los hechos» y el segundo, Sergio CB, «situa al acusado dentro de la prisión de Ramo Verde «coaccionando» a los presos políticos para convencerlos «de que llamaran a la no protesta». También alude a una tercera testigo, Ana María DC, familiar de una víctima del régimen bolivariano.

«Se han aportado testimonios directos»

Por ello, niega que la denuncia se base únicamente en información periodística. «Se han aportado testimonios directos de las víctimas, grabaciones y documentos autógrafos», subraya el abogado de Hazte Oír, Javier María Pérez-Roldán. Al mismo tiempo, señala que la jurisprudencia al respecto «es clara al sostener que se pueden admitir denuncias, incluso basadas en noticias periodísticas, si tienen apariencia de credibilidad». La doctrina del Tribunal Supremo, subraya, «distingue claramente entre la denuncia basada en «lo dicho en la prensa» y la denuncia que, incluso citando a la prensa, propone medios de prueba personales y directos para acreditar lo publicado».

«No estamos, por tanto, ante una investigación prospectiva para ver qué se encuentra», subraya la asociación querellante. Y se sirve de los testimonios de los citados testigos para concluir que «no es conforme a derecho» sostener que no existe «imputación directa de violación de derechos humanos», como defiende el juez Piña. «Esto es falso. Presionar a una madre para que oculte la tortura de su hijo a cambio de su libertad es un acto de coerción y encubrimiento de la tortura descrito con «luz y taquígrafos» por las víctimas directas propuestas como testigos», afirma.

Para Hazte Oír, resulta contradictorio que el juez Piña abriera diligencias previas el 8 de enero sobre la «posible existencia de infracción penal» y, apenas un mes después, declarara «lo contrario» e inadmisible la denuncia.

Rebate también que el magistrado no se haya pronunciado sobre su ampliación de la denuncia, limitándose a rechazarla de plano porque no ha sido admitida la denuncia inicial, lo que el letrado considera un «grave defecto procesal».

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