HERENCIA IMPUESTOS | Una asesora financiera recomienda una alternativa a heredar la casa de tus padres: «Es una manera de ahorrar impuestos»

Las herencias siempre generan dudas en los ciudadanos. La forma de recibir una propiedad, así como los impuestos que acarrean, son algunos de los problemas más habituales. La transmisión de bienes inmuebles entran dentro del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. En este contexto, la planificación patrimonial es muy importante.
La asesora financiera, Sofia Auñón, ha compartido en sus redes sociales una recomendación sobre este tema. Más conocida por su usuario, @sofi.nanzas, ha explicado por qué heredar directamente la vivienda de los padres no es la mejor opción para ahorrar impuestos.
La experta ha compartido con los usuarios el «derecho sucesorio», que responde al apartado del derecho que gestiona los bienes, las deudas y los derechos de una persona fallecida. Dentro de estas normas jurídicas se encuentra la nuda propiedad de la vivienda a los hijos, mientras que los padres conservan el usufructo.
La nuda propiedad es un derecho de propiedad sobre un inmueble, sin contar con el derecho de uso y disfrute del mismo. Por otro lado, el usufructo permite que los padres puedan utilizar y beneficiarse de la vivienda sin ser su propietario.
Este método supone una ventaja fiscal frente a la herencia tradicional. La nuda propiedad no está libre de impuestos, sino que está sujeta al Impuesto de Donaciones. El importe de este tributo puede variar según la comunidad de autónoma, así como el lazo familiar entre los miembros.
Al producirse la sucesión en vida, los hijos no tendrían que tributar por la totalidad de la propiedad. Además, si el usufructo no se reservó durante los últimos cuatro años de vida, no genera tributación adicional en el ISD. En cuanto a la plusvalía municipal, con la nuda propiedad es más baja que con la plena.
Cabe recordar que se pueden generar diferencias debido a las bonificaciones de cada comunidad autónoma.
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