Inspección de Trabajo aclara que contratar a una empleada del hogar sin papeles o pagarle menos del salario mínimo puede costarte hasta 7.500 euros de multa
El carácter privado del trabajo doméstico, realizado dentro de los hogares y fuera de una supervisión regular, expone a los trabajadores domésticos a un riesgo mayor riesgo de incumplimiento de sus derechos.
un estudio de Instituto Santalucía publicado en 2024 Ya advirtió que cerca del 40% de estos profesionales en España no estaban dados de alta en la Seguridad Social, un dato que refleja la supervivencia de la economía sumergida en este colectivo.
Esta situación de informalidad perjudica a los trabajadores, privándolos de cobertura y derechos, y también conlleva consecuencias jurídicas y económicas para los empleadores que No regularizan la relación laboral.
El Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) tipifica como infracción grave la no formalización por escrito del contrato de trabajo cuando se exige este requisito o cuando el propio trabajador lo solicita.
Transcurrido un mes desde el inicio de la actividad sin que exista dicho documento, la Inspección de Trabajo podrá actuar e imponer sanciones.
Sanciones progresivas en función de la infracción cometida
el articulo 40 LISO detalla los montos de las multas en función de la gravedad de los hechos. Así, las sanciones se estructuran en tres grados: el nivel mínimo con multas de 751 a 1.500 euros; el grado medio, 1.501 a 3.750 euros; y el grado máximo, que alcanza 7.500 euros.
El importe final se determina en función de circunstancias como la duración del incumplimiento, el número de personas afectadas o la existencia de avisos previos. A esto se suma que, si el trabajador no ha sido dado de altael empleador deberá pagar todas las cotizaciones pendientes a la Seguridad Social, junto con los correspondientes recargos e intereses de demora.
Paralelamente, el Gobierno ha actualizado el salario mínimo interprofesional (SMI) para 2026, fijado en 1.221 euros brutos mensualmente en 14 pagos, o 1.424,50€ Si las pagas extras se prorratean en 12 cuotas mensuales, lo que representa un total anual de 17.094 euros.
Esta cantidad es obligatoria para cualquier relación laboral, incluidos los trabajadores domésticos. Pagar por debajo de este umbral constituye una infracción que puede ser sancionada dentro de los grados antes mencionados.
La normativa exige que tanto la alta en la Seguridad Social como las condiciones retributivas queden reflejadas en escritogarantizando así la transparencia y el cumplimiento de los derechos laborales.
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