La Abogada General de la UE respalda las demandas de los inversores contra el Banco Popular previas a su disolución
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El abogado general de la UE, Tamara cáspetaha propuesto este jueves a Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) Lo que pone el derecho a una protección judicial efectiva de los consumidores que participan en el litigio iniciado antes de la fecha de disolución del banco popular español en 2017.
La disolución de Banco popularejecutado por el Junta de resolución única (Jur) y aprobado por el Comisión Europea En junio de 2017, generó un grupo de demandas contra él. Entre los cuales se destacó a los presentados para lograr la nulidad del contrato de suscripción, ya sea por error o por intención, considerando la falsificación y el ocultamiento de la información patrimonial. De esta manera, en varios casos los demandantes solicitaron la declaración de nulidad y reembolso de los montos pagados o, en cambio, un compensación de lo popular por incumplimiento de los requisitos de transparencia y el derecho de protección del consumidor cuando vendía algunos instrumentos financieros a personas naturales y legales.
En este contexto, el Abogado general de Cápeta Enfatiza que la naturaleza de estas acciones se basa en la acusación ilegalidad de la suscripción inicial de los instrumentos financieros antes mencionados y no en su pérdida de valor consecuencia de la disolución.
Por lo tanto, recuerde que el TJue consideró en oraciones anteriores sobre Banco Popular y Banco Santander que el Directiva europea que establece un marco para la reestructuración y la resolución de las entidades crediticias, estos procedimientos judiciales se opusieron por haberse iniciado una vez que se adopta la decisión de disolución. De esta manera, el 5 de septiembre de 2024, el TJUE sentenció que aquellos que adquirieron instrumentos de capital del banco popular, posteriormente convertidos en acciones, no pudieron reclamar el ejercicio de las acciones de responsabilidad o los de la nulidad del contrato para la adquisición de dicho Instrumentos, desde la adopción de la decisión de resolución popular ya se habían tomado. Por lo tanto, el TJue desestimó una posible compensación.
Sin embargo, Cápeta señala que la novedad de este asunto es Inicio del litigio por los demandantes antes de la disolución del banco. Por lo tanto, considera que el propósito del marco de disolución no puede prevalecer sobre el Derecho a una protección judicial efectiva de los consumidores o inversores afectados, al ejercerlos la acción judicial antes de la decisión de disolución de lo popular.
En este caso específico, el apelar Quién conoce el Tribunal Supremo Fue presentado por un inversor, un solo administrador de una compañía, a la que firmó bonos convertibles emitidos por el banco popular en 2009. Posteriormente, los bonos fueron intercambiados por otros en 2012 y transmitidos al administrador por la compañía pendiente de pendiente Los salarios, transformándose obligatorios en acciones de Banco Popular en noviembre de 2015. Esto implicaba el cambio de estado del inversor, quien se convirtió en accionista del banco. En octubre de 2016, esto presentó un Demanda contra Banco PopularCuando solicitó la declaración de nulidad de la suscripción de los bonos de 2009 y 2012 por error, considerando que el consentimiento fue viciado y que la cantidad inicialmente invertida se restableció, además, una compensación por daños.
Su demanda fue estimado en primera instancia En mayo de 2017, un mes antes del Junta de resolución única (Jur) Adoptó la decisión de disolución de popular el 7 de junio. Sin embargo, en marzo de 2019, el Tribunal Provincial anulado La sentencia del Tribunal de Primera Instancia por considerar que el reclamo debe haber sido ejercido por la Compañía, y no por el inversor, que apeló ante la Corte Suprema.
En este sentido, hoy, jueves 13 de febrero, el abogado general ha recomendado que el Tribunal de Justicia atribuya un mayor peso al Ley de inversores Para proteger efectivamente sus derechos derivados de la legislación de la Unión en los procedimientos judiciales iniciados antes de la decisión de disolución y un peso menor que el objetivo de la estabilidad financiera, ya que estos últimos se pueden lograr incluso cuando la prioridad se otorga a la protección judicial efectiva. Sin embargo, las opiniones emitidas por el abogado general no presentan un carácter vinculante, pero generalmente son seguidas por el TJUE.
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