La Audiencia de Madrid frena al juez Peinado y rechaza que Begoña Gómez sea juzgada por un jurado popular
La Audiencia Provincial de Madrid anuló la decisión del juez Juan Carlos Peinado de que, de ir a juicio, Begoña Gómez sería juzgada por un jurado popular. Los magistrados creen que no hay “indicios concluyentes y consistentes” que justifican este cambio de procedimiento.
La regla 23, que es responsable de revisar las apelaciones contra las resoluciones del Instructor, ordena que los procedimientos se devuelvan al momento anterior a que el caso se convirtiera en un procedimiento con jurado. La decisión también afecta al asesor Cristina Álvarez y el empresario Juan Carlos Barrabés.
El Tribunal cuestiona la desmotivación del juez
En su auto, la Sala vuelve a ser crítica con el magistrado y subraya que no es aceptable adoptar una “decisión trascendental” como es comparecer ante un jurado. sin especificar qué conductas se atribuyen a cada encuestado ni cuál es el fundamento indicativo que sustenta la hipótesis acusatoria. Según los juecesPeinado no logró hacer «una mínima determinación de los hechos concretos» tampoco explicó en detalle las razones y fundamentos que lo llevaron a adaptar el caso a procedimientos de jurado.
El juez había propuesto en septiembre que Begoña Gómez compareciera ante un jurado por presunta malversación en la contratación de su asesora y, un mes después, amplió esta decisión a la parte de la investigación vinculada a los presuntos delitos deTráfico de influencias y corrupción en las empresas..
Sin embargo, el Tribunal recuerda que ya había amonestado al magistrado por intentar realizar en paralelo Diferentes líneas de investigación sin una delimitación clara de los hechos.. Ahora insiste en que antes de cambiar el procedimiento es necesario tener “indicios racionales” que justifican la continuación del caso.
Luego de un año y medio de investigación, la Sala considera que la “mera verosimilitud” de la denuncia no es suficiente hacia los procedimientos con jurado y destaca que en delitos complejos como la malversación de fondos o el tráfico de influencias, es necesaria una base más sólida. El Tribunal, sin embargo, mantiene la validez de las diligencias de investigación ya acordadas y precisa que el juez puede continuar realizando actos, pero sin pasar a nuevas fases procesales sin un fundamento incriminatorio suficientemente definido.
Síguenos en nuestro canal whatsapp y no te pierdas las últimas novedades y todas las novedades de nuestra perfil de google.
Puedes consultar la fuente de este artículo aquí