la auditoría de 2025 tiene que estar antes de fin de mes
Primera victoria de los pocos acreedores de Carlota Iberia -la empresa propietaria del mayor centro comercial de Madrid, Oasiz– que se han visto envueltas en el proceso concursal de la compañía, que se ha visto envuelta en uno de los mayores concursos de acreedores en España de los últimos años, con un pasivo de 319 millones de euros.
Él Juzgado de lo Mercantil número 14 de Madrid ha instado a la administración concursal de Carlotta Iberia a presentar las cuentas, informe y auditoría de la empresa correspondientes al ejercicio 2025 antes del próximo 30 de junio.
La administración concursal designada por el Juez, el asesor Certificado PKFhabía pedido al magistrado una prórroga para presentar las cuentas del año pasado, hasta el próximo 31 de julio. Y también ampliar el plazo para emitir el informe de calificación, hasta el 15 de septiembre.
Los dos acreedores sostienen que la quiebra de Carlotta Iberia debe ser calificada de culpable
La empresa española NAM y el abogado Francisco Suárez Porto, dos acreedores de Carlotta Iberia, se opusieron a la solicitud de prórroga de la administración concursal.
En sus escritos remitidos al Juzgado, los acreedores de la sociedad propietaria de Oasiz advirtieron que el plazo legal para presentar las cuentas de 2025 de Carlotta Iberia, en cualquier caso, expiró el 31 de marzo.
También indicaron, en su oposición a la solicitud de la administración concursal, que un aumento de los gastos de administración concursal del 20%.
Los acreedores destacaron en su oposición a la solicitud de prórroga que retrasar las cuentas podría «perjudicar gravemente a los acreedores», especialmente en la pieza de calificación.
En la pieza de calificación, la administración concursal determina si la quiebra es fortuita o culpable -lo que podría significar retirada de derechos de administración y embargo de bienes-.
Por ello, los acreedores destacaron que el retraso en la presentación de las cuentas podría significar que el informe de calificación se emitiría sin auditarlosimprescindible «evaluar posibles irregularidades contables y la situación financiera de la empresa concursada».
Los dos acreedores consideran que la quiebra de Carlotta Iberia debe ser calificada de culpable, por la supuesta actuación del fondo Calle Cale (CSI) en el deterioro del valor del activo y el aumento de su crédito.

Centro comercial Oasis.
Carlotta Iberia presentó a principios del pasado diciembre una solicitud de concurso de acreedores, y al mismo tiempo, una oferta para adquirir una sociedad domiciliada en Madrid controlada por el fondo CSI, a su vez primer acreedor de la sociedad propietaria de Oasiz.
El Juez, en auto de 23 de marzo, permitió a la administración concursal proceder a la venta del centro comercial a CSI con una oferta de 140 millones de euros, cifra que Prácticamente coincide con la deuda que el fondo reclama a Carlotta Iberia.
Los dos acreedores llaman la atención sobre la situación del fondo CSI como administrador de facto de Carlotta Iberiay la consideración de persona especialmente relacionada con el quebrado.
El concurso de Carlotta, sostienen, es un «insolvencia financiera inventada a través del devengo recursivo de intereses al acreedor controlador sobre un negocio operativamente viable que generó una mejora sostenida año tras año.
Oasiz, cuentas de este mes
En auto de 8 de junio, el juzgado competente en el concurso de Carlotta Iberia señala que las cuentas de 2025 «podría tener especial relevancia para la calificación«.
El magistrado explica que son determinantes para valorar la situación patrimonial y financiera de la sociedad propietaria de Oasiz, así como para determinar «la eventual o posible existencia de irregularidades contables o por el contrario, su correcta formulación y la potencial generación o agravación de la insolvencia.
El Juez admite una ampliación del plazo para la presentación de cuentas, pero lo limita al próximo 30 de junio, al considerar que dicha ampliación «no provoca la indefensión de los acreedores, sino que contribuye a preservar su derecho de defensa».
El cómputo del plazo para la emisión del informe de calificación se realizará a partir de la presentación de las cuentas anuales de Carlotta Iberia.
Ante el Auto del 8 de junio en el que el Juez insta a la administración concursal a presentar las cuentas de la sociedad propietaria de Oasiz antes del 30 de junio, la firma PKF Attest ha hecho una solicitud de aclaración.
En el mismo, la administración concursal solicita que se aclare si la prórroga concedida debe entenderse limitada únicamente al plazo de formulación de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2025. sin extensión a fases posteriores de auditoría y aprobación.
Puedes consultar la fuente de este artículo aquí