LA CNMC multa con 4.000 euros a los influencers Ibai Llanos, Jordi Wild y Nachter
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) impuso multas a los creadores de contenidos, Ibai Llanos, Jordi Wild y Nachter con 4.000 euros. La resolución responde al incumplimiento de la ley general de la comunicación audiovisual en materia de identificación publicidad, protección de menores y promoción de medicamentos en redes sociales.
Las multas se dividen en 710 euros al creador de contenidos Ibai Llanos, Jordi Wild con 1.543 euros y Nachter con 1.779 euros. Las tres resoluciones, aprobadas por la Cámara de Supervisión Regulatoria con el voto particular de un director, declaran comprobadas violaciones graves al artículo 158.31 de la citada ley, aplicable a los denominados usuarios de particular importancia (UER).
Publicidad secreta y protección de menores
En el expediente de Ibai Llanos se determina que varios videos publicados en la red social Incorporaron marcas comerciales como parte de la presentación del evento La Velada. La CNMC concluyó que la comunicación comercial carecía de una señal precisa para diferenciarse del contenido editorial.
El expediente relativo a Jordi Wild es centrado en contenidos difundidos en YouTube a través de los canales @ElRinconDeGiorgio y @dwt_fighting, vinculados al evento Torneo Dogfight Wild. El regulador encontró que los videos de peleas de contacto extremo no tenía la calificación de edad requerida, advertencias sobre contenidos y la activación de filtros para restringir el acceso a menores.
Por su parte, Nachter acreditada la difusión de anuncios que no cumplan con la normativa farmacéutica en sus perfiles de Instagram y Facebook. Las publicaciones promocionaban productos antigripales sin respetar las advertencias sanitarias ni la identificación explícita exigida por la legislación sectorial.
Obligaciones de los creadores
EL La CNMC recuerda que las obligaciones legales pesan directamente sobre los creadores que operan profesionalmenteindependientemente de las herramientas implementadas por las plataformas donde alojan su actividad.
El marco regulatorio exige que la publicidad mencione Deberán aparecer directa y visiblemente dentro de la propia sala audiovisual, considerando que parte del público no lee las descripciones textuales. El regulador dictaminó que el uso de términos ambiguos como “colaboración” o “embajador de marca” no cumple con los requisitos de transparencia.
Antes de este procedimiento sancionador, el Requisitos emitidos por la CNMC compensación a los creadores Lola Lolita, Peldanyos, Sofía Suescun, Tamara Gorro y Samantha Vallejo-Nágera tras denuncias de la Asociación de Usuarios de Comunicaciones (AUC).
En estos ficheros, resultantes de la promoción no identificada de servicios financieros, restaurantes, alimentación y moda, La autoridad evitó la vía de las sanciones porque implicaba un comportamiento previo al establecimiento de sus criterios interpretativos.
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