la Guardia Civil busca la nueva etiqueta obligatoria
Los patienetes se han convertido en grandes protagonistas en pueblos y ciudades. Eso sí, el gobierno sigue reforzando las leyes sobre uso y equipamiento para garantizar la seguridad de sus conductores. El Consejo de Ministros ha aprobado una modificación de Reglamento General de Circulación para mejorar la protección de los usuarios vulnerables en la vía y que fija en 15 años la edad mínima p conducir un vehículo de movilidad personal, entre otras medidas.
[–>[–>[–>Así lo ha dado a conocer este martes la ministra portavoz, Elma Sa durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. «Son n pioneras que nos convierten en un país referente en seguridad vial», afirmado.
[–> [–>[–>Sobre los vehículos de movilidad personal en general, los conocide patinetes, se exige casco de protección obligatorio para conductore deberán utilizar un elemento reflectante de noche o cuando haya situaciones de visibilidad escasa. En el caso de personas que realiz actividad profesional en estos vehículos, el reflectante será obligato usarlo en todo momento. Ambas son una infracción grave con sanción económica de 200 euros.
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El Boletín Oficial del Estado (BOE) también ha publicado el Real Decreto 52/2026 que regula el funcionamiento del Registro de Vehículos Personales Ligeros, un paso clave para hacer efectiva la obligación de asegurar los vehículos de movilidad personal (VMP), conocidos popularmente como patinetes eléctricos. A partir de ahora, estos vehículos deberán inscribirse en el Registro Nacional de Vehículos que gestiona la Dirección General de Tráfico (DGT). La puesta en marcha del registro da cumplimiento a la disposición adicional primera de la Ley 5/2025, de 24 de julio, que modificó la normativa sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor para incluir a los VMP.
[–>[–>[–>Una vez obtenido el certificado de inscripción, todos los VMP deberán portar una etiqueta identificativa con el número único asignado. Esta etiqueta podrá adquirirse en un manipulador de placas habilitado y deberá colocarse en el porta-identificador del vehículo o, en el caso de los no certificados, en un lugar visible. Además de la via telemática, la inscripción podrá realizarse a través de otros canales, como agentes de seguros en el momento de contratar la póliza o gestores administrativos. La DGT trabaja también para que, en los próximos meses, el registro pueda efectuarse directamente en el establecimiento autorizado en el momento de adquirir un nuevo VMP. La normativa regula igualmente el cambio de titularidad y la baja definitiva de estos vehículos. En el primer caso, el trámite deberá realizarse en un plazo de treinta días.
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El incumplimiento de la obligación de asegurar un VMP conllevará sanciones económicas. Carecer de seguro podrá ser multado con entre 202 y 610 euros, mientras que circular sin él supondrá multas de entre 250 y 800 euros, en función de si el vehículo es considerado VMP o vehículo a motor según la ley.
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