La jueza cierra la causa del asesinato de un desertor ruso en Alicante
Un asesinato a tiros sin autor conocido. La jueza que investigaba el crimen en La Cala de La Vila Joiosa (Alicante) de un piloto que desertó del Ejército ruso con un helicóptero robado ha decretado el sobreseimiento provisional de la causa ante la falta de pruebas para atribuir a alguien estos hechos, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad (TSJ).
[–>[–>[–>La titular de la plaza número 3 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de La Vila Joiosa ha tomado esta decisión mediante un auto que ya es firme y contra el que no cabe recurso, tras recibir un atestado de la Policía Judicial de la Guardia Civil en el que se indica que “no ha sido posible concretar la autoría material o intelectual de los disparos contra la víctima”.
[–> [–>[–>La víctima, que recibió ocho tiros, es el capitán y piloto ruso de helicópteros Maxim Kuzmínov, quien en agosto de 2023 protagonizó la más sonada deserción de la guerra de Ucrania: se llevó su aeronave, un MI-8, cruzando el frente hasta una base de Járkiv (Jarkov), donde se entregó y aportó tanto el helicóptero como documentación de inteligencia militar.
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Poco después de formalizar su entrega a Ucrania y de aparecer profusamente en televisión explicando su oposición a la guerra, Kuzmínov, de 28 años, pasó a convertirse en Ihor Sevchenko, ficticio ucraniano dombasiano de Donetsk, de 33 años, según la documentación facilitada por el Gobierno de Kiev. Con ese pasaporte entró en España en octubre de ese año para terminar en una ciudad y un área con amplia presencia rusa.
[–>[–>[–>La deserción del capitán costó la vida a otros dos tripulantes del helicóptero, que murieron tiroteados por fuerzas ucranianas al negarse a entregarse. Ese detalle, amplificado por el dolor de las familias rusas, llevó al Kremlin a permitir que en una televisión nacional se anunciara en septiembre que Kuzmínov estaba «sentenciado». A los pocos meses acabó asesinado a tiros por personas desconocidas.
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El crimen
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El hallazgo del cadáver se produjo sobre las cinco de la tarde del 13 de febrero de 2024, cuando el 112 de Emergencias recibió el aviso de la aparición del cuerpo en el garaje subterráneo de un inmueble situado en la calle Marinada en La Cala, en el término de La Vila.
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[–>Los disparos comenzaron en la segunda planta del sótano, pero el cadáver fue localizado en la rampa de salida del aparcamiento, por lo que se cree que la víctima comenzó a ser tiroteada y trató de huir hasta que cayó desplomada. La investigación apuntaba a que el asesinato fue obra de profesionales. Desde el primer momento ha existido la sospecha de que tras el crimen hay un encargo del Kremlin a mafiosos.
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El turismo fue incendiado en un paraje de El Campello situado a 16 kilómetros del lugar del crimen. Los asesinos debían tener estudiado dónde quemarlo para eliminar cualquier vestigio que permitiera hallar huellas o perfiles genéticos de ellos. Así, llegaron a un camino de tierra junto a la carretera N-332, en la partida El Pitxador, en las inmediaciones de la Cala Lanuza y de la Cala Merced. Tras atravesar un estrecho túnel de unos cien metros de longitud, que pasa debajo de la AP-7, prendieron fuego al coche en una zona de monte despoblada y huyeron.
[–>[–>[–>Diligencias
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El órgano judicial que estaba de guardia aquel día incoó diligencias previas para investigar los hechos, inicialmente calificados como homicidio o asesinato, y decretó el secreto de las actuaciones para proteger las pesquisas.
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Con el paso de los meses, la investigación parece haber entrado en punto muerto y no se ha podido identificar a los autores del asesinato. Las numerosas diligencias practicadas por el grupo de Homicidios de la Unidad Orgánica de la Policía Judicial de la Guardia Civil no han permitido dirigir la causa contra persona o personas concretas como autoras intelectuales o materiales, informa el TSJ.
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“Analizadas las circunstancias concurrentes y, teniendo en cuenta los requisitos que deben concurrir para la comisión del ilícito penal, se puede concluir, por esta juzgadora, que no existe prueba suficiente para atribuir la responsabilidad criminal a persona determinada como autor, cómplice o encubridor de los hechos que han dado lugar a la formación de la presente causa”, señala la instructora en un auto fechado el pasado septiembre.
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De este modo, “debe acordarse el sobreseimiento provisional de las actuaciones de conformidad con el artículo 641.2 de la LECrim (Ley de Enjuiciamiento Criminal)”, concluye. Esto significa que, por falta de pruebas o imposibilidad de identificar al autor, el caso se archiva temporalmente, aunque puede reabrirse si aparecen nuevos elementos que permitan responsabilizar a alguien. El caso queda cerrado hasta que aparezcan nuevas pruebas que permitan sentar en el banquillo a los autores.
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