La jueza cita como imputado a Miguel Ángel Rodríguez, jefe de gabinete de Ayuso, por difundir datos de dos periodistas
Miguel Ángel Rodríguez Tendrá que declarar como investigado ante el juez por difundir datos personales de dos periodistas que trabajaban en informaciones sobre Alberto González Amador, socio de Isabel Díaz Ayuso, y el presunto fraude fiscal por el que está procesado.
En un auto al que ha tenido acceso laSexta, el titular del Juzgado de Instrucción número 25 de Madrid fija una cita para la próxima 6 de mayo al jefe de gabinete del presidente de la Comunidad de Madrid, así como a los dos periodistas heridos y a un testigo.
Asimismo, el juez ordena que la Unidad adjunta de la Policía Nacional, que presta servicio de escolta a Díaz Ayuso, identifique a los agentes que se encontraban de guardia ese día, ya que los policías que escoltaban a Ayuso identificó a los periodistas objetivo posteriormente por Miguel Ángel Rodríguez en la calle. Posteriormente, dio a conocer sus datos personales e incluyó una fotografía de ambos.
La mano derecha de Ayuso difundir en un chat con 18 contactos que los dos periodistas de El País habían sido «acosando a los vecinos«por la presidenta Ayuso.
El PSOE denunció a Miguel Ángel Rodríguez por revelación de secretos, denuncia a la que siguió una denuncia por parte del citado medio y sus dos periodistas. El jefe de gabinete de Ayuso fue acusado de exponer de forma criminal los datos de los periodistas, acusando a Rodríguez de extraer los datos de forma irregular.
La Audiencia de Madrid ordenó admitir la demanda por revelación de secretos el 3 de marzo. Según el auto, para justificar que el demandado envió tales mensajes, el demandante aportó un recorte periodístico de una entrevista realizada al primero el 30 de marzo de 2024 en el diario El Mundo (página 61) donde se le preguntaba el motivo por el que difundió la identidad y la fotografía de dos periodistas de El País y respondió que «porque estaban acosando a menores, entregándoles tu tarjeta de presentación para que puedan llamarte. Eso no se hace. eso no es periodismo. Ojo: revelé mi identidad a 18 personas. Nada más».
El auto recuerda que, según el artículo 5.5 de la Ley de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado (Ley 2/1986), los miembros de dichos órganos deben guardar estricto secreto respecto de toda la información que conozcan con motivo o con motivo del desempeño de sus funciones. Por tanto, los datos de periodistas que recibió inicialmente un policía Tenían un carácter indudable y reservado. y por ello debe investigarse si existió delito en su divulgación. «Es pertinente averiguar cómo, cuándo y por qué los datos de los periodistas llegaron al acusado y si realmente los reveló», añade el auto.
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