La Justicia europea cuestiona las medidas de España contra el abuso de contratos temporales en la administración
palmada en la muñeca Tribunal de Justicia de la UE al gobierno español. El TJUE considera que medidas previstas en España para hacer frente al uso de contratos temporales medidas sucesivas en el sector público no son conformes con el Derecho de la Unión.
El Tribunal Europeo entiende que estas medidas no permiten que estas prácticas sean “debidamente” sancionadas ni “eliminar las consecuencias” del incumplimiento de las normas.
El Ejecutivo no tardó en reaccionar y anuló la sentencia del TJUE por considerarla «solo explicativo» y destacan que no se imponen sanciones de ningún tipo.
Esta sentencia responde a una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo que preguntaba si el marco constitucional español para el acceso al empleo público, basado en los principios de igualdad, mérito y capacidad, y que por tanto prohíbe la inamovilidad automática, era contrario al derecho europeo.
Se trata de una respuesta al caso de una persona que ha tenido hasta 6 contratos temporales desde 2016 en un centro educativo público de la Comunidad de Madrid y que fue catalogada por la justicia española como de duración indefinida.
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