La mujer condenada por asesinar a su bebé tiene «cobertura y recursos» para huir de España cuando quiera
La jueza considera que la mujer condenada a prisión permanente por asesinar a su bebé tirándola a un contenedor de basuras en Porto Cristo (Manacor) tiene «cobertura y recursos» para huir de España cuando quiera. En el auto dictado ayer para ratificar la prisión provisional de la mujer a la espera de que el fallo sea firme, la magistrada aprecia «un riesgo de fuga extremo» por su anterior fuga, la ayuda con la que ha contado y la ausencia de «un vínculo reforzado» que le haga permanecer en la isla.
[–>[–>[–>La resolución recuerda que Yolanda Moreno «se dio a la fuga con anterioridad a la lectura del veredicto y permaneció oculta 11 días» hasta que fue localizada y capturada. «Este hecho es en sí mismo revelador de la intención de permanecer fuera del alcance de la administración de justicia y permite adverar la concurrencia de un riesgo extremo de fuga», señala la magistrada Samantha Romero. También considera que la mujer «no acredita medios de vida conocidos y pese a ello revela unos recursos incompatibles con la ausencia de actividad laboral remunerada«. En este sentido, alude a que durante el proceso judicial ha contado con un abogado particular y con peritos, dando a entender que cuenta con importantes medios económicos y una «cobertura externa de origen desconocido».
[–> [–>[–>Por ello, el auto señala que esta capacidad, «al igual que le procura recursos defensivos, pudiera proporcionarle los medios necesarios para huir de la justicia una vez que se ha declarado su culpabilidad y ha sido condenada en primera instancia«. Y expone la jueza que, pese a que tiene posibilidad de recurrir la sentencia, la «expectativa inicial de obtener un pronunciamiento absolutorio» se ha debilitado.
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Finalmente, la magistrada concluye que Moreno «no dispone de arraigo laboral acreditado ni cuenta con un domicilio estable«, y tampoco ha acreditado un vínculo familiar sólido que atenúe el riesgo de fuga. De este modo, argumenta que el peligro de que huya «no puede ser conjurado con la adopción de otras medidas», como una fianza o la prohibición de salir de Mallorca, y decreta que siga en prisión provisional hasta se resuelva su recurso.
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