la sentencia de un abogado laboralista a los trabajadores que reciben mensajes del jefe el fin de semana
Él derecho a la desconexión digital Es un aspecto fundamental dentro de las relaciones laborales, algo que antes no ocurría. Hoy en día, cada vez más trabajadores reciben llamadas, correos electrónicos o mensajes fuera de horario de trabajo y que Dudan si están obligados a responder o no..
Es una situación en la que hay un conflicto de intereses. Por un lado, se considera que uno tiene todo el derecho a no hablar con nadie sobre el trabajo fuera del horario laboral, pero también existe ese miedo a ver qué pasa si no se contesta un mensaje urgente; se teme la posibilidad de un despido que deja al empleado con una mano delante y otra detrás.
Precisamente sobre este tema ha hablado Juanma Lorente, abogado laboralistaa través de un ejemplo práctico que refleja una situación común en muchas empresas.
«No tienes que responderle»
Durante una conversación simulada, una trabajadora muestra su preocupación luego de recibir mensajes de su jefe en un día en el que no debe trabajar. «Mi jefe me volvió a hablar»se lamenta, preocupada por las posibles consecuencias de ignorarlo. Sin embargo, la respuesta del abogado es clara: «No tienes que responderle».
Lorente recuerda que si La jornada laboral se fija de lunes a viernes, cualquier llamada, correo electrónico o mensaje recibido durante el fin de semana forma parte del tiempo de descanso del trabajador. Por ello, insiste en que «Si el sábado te manda un email, te llama, te manda un WhatsApp o te manda un Telegram, no tienes que responder».
«El despido es nulo»
Como ya se ha comentado, uno de los mayores temores de muchos trabajadores es que esta negativa a responder pueda derivar en represalias por parte de la empresa. En la conversación, el trabajador expresa precisamente ese miedo al afirmar que «Llega el lunes y me despiden». Sin embargo, el abogado considera muy complicado que una empresa tome una decisión de este tipo por las consecuencias legales que podría afrontar.
Según ha explicado, si se produjera un despido por el mero hecho de no atender comunicaciones fuera del horario laboral, se podría vulnerar el derecho a la desconexión digital reconocido en la normativa española. En este escenario, sostiene que «el despido es nulo»lo que obligaría a la empresa a reintegrar al trabajador en su puesto.
La empresa también podría verse obligada a pagar los salarios perdidos durante el proceso y afrontar una posible indemnización por daños y perjuicios. Por lo tanto, sostiene que despedir a un trabajador por ejercer su derecho al descanso sería una decisión que podría generar importantes consecuencias económicas y legales para la empresa.
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