los agentes extreman la vigilancia ahora que llega el buen tiempo
Seguro que alguna vez te ha ocurrido o te has encontrado con esta situación. Estás conduciendo, te entra el sueño y paras unos minutos acerrar los ojos y recuperar fuerzas. O, acompañas a alguien en conce, tienes tiempo de esperar y decides echar una siestas mientras pasa el tiempo.
[–>[–>[–>O al revés, vas pasaeando y derepente te encuentras un coche para y observas que hay una personas dormida en su interior. Y es que en multitud de ocasiones nuestro vehículo es el mejor sedante para conciliar el sueño y recargar pilas. Sin embargo, hay que tener cuidado en ver dónde paramos para echar esa siesta en nuestro coche.
[–> [–>[–>La Dirección General de Tráfico (DGT) lo confirma: el Reglamento General de Circulación permite dormir en el coche, pero no siempre ni de cualquier forma. Aquí hay que distinguir entre acampar y pernoctar, explican los expertos de RACE. Si quieres dormir en el coche y que no te multen por ello, entonces tendrás que pernoctar, que según el diccionario es “pasar la noche en un determinado lugar, especialmente fuera del propio domicilio”. Esta acción está permitida siempre que estés dentro del vehículo y no saques ningún elemento al exterior, ni hagas ruido, es decir, que no vayas a acampar.
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Por supuesto, cuando duermas en el coche debes dejarlo bien aparcado o te sancionarán con hasta 200 euros de multa. También tienes que tener el pago de los impuestos al día y tener en vigor el seguro del coche, como cualquier otro vehículo.
[–>[–>[–>La DGT diferencia la acción de estacionar y de acampar en la Instrucción PROT 2023/14, que actualiza la anterior Instrucción 08/V-74: “Estacionar no es acampar. Como hemos visto, estacionar es realizar una maniobra consistente en inmovilizar un vehículo en un espacio determinado cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 92 del Reglamento General de Circulación. Acampar es una actividad regulada en la normativa de Turismo, que se reproduce en el apartado 7.1 de esta Instrucción”.
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En la misma instrucción se explican los requisitos para poder dormir en el coche, mientras quede correctamente estacionado, cuentan desde RACE: “La Dirección General de Tráfico considera que mientras un vehículo cualquiera está correctamente estacionado, sin sobrepasar las marcas viales de delimitación de la zona de estacionamiento, ni la limitación temporal del mismo, si la hubiere, no es relevante el hecho de que sus ocupantes se encuentren en el interior del mismo y la autocaravana no es una excepción, bastando con que la actividad que pueda desarrollarse en su interior no trascienda al exterior mediante el despliegue de elementos que desborden el perímetro del vehículo tales como tenderetes, toldos, dispositivos de nivelación, soportes de estabilización, etc.”.
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[–>Puedes dormir en el coche en los siguientes lugares, siempre que respetes la normativa vigente de cada ayuntamiento en zonas de aparcamiento público: se puede dormir en el coche si no hay señalización que lo prohíba, en áreas de descanso en la carretera, en aparcamientos privados, con autorización del propietario o si viajas en autocaravana, también puedes dormir en su interior siempre que esté bien estacionada. Si ya quieres acampar, deberás hacerlo en áreas específicas para autocaravanas.
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