los bancos deberán informar quién gasta más de esta cantidad
La AEAT continúa luchando contra el blanqueo de capitales y detectando el fraude fiscal. La medida final es controlar los pagos con tarjeta. A partir de una determinada cantidad, las entidades bancarias están obligadas a informar al Ministerio de Hacienda sobre los propietarios de la empresa.
Históricamente, las transacciones fraudulentas se han asociado con pagos en efectivo. Razones para aumentar los límites de cantidad máxima Pagar en metálico. Ahora Hacienda también quiere introducir normas más estrictas para los pagos con tarjeta.
Así fue modificado por el Real Decreto 253/2025: las entidades bancarias están obligadas a compartir la lista de todos los propietarios. Gastar más de 25.000€ al año Utilice su tarjeta. Las nuevas medidas son parte de una serie de acciones para combatir el fraude fiscal, añadiendo controles adicionales a los contribuyentes.
Cambios superiores a 25.000€
El artículo 38 explica que las entidades bancarias deben “Presentar declaración informativa anual“Lo que importa son los titulares”Créditos totales registrados en el año» ya Más de 25.000 euros.
Una vez que el banco detecta que tenemos Superando esta cantidad, Compartirá automáticamente datos sobre titulares de tarjetas, tipos de tarjetas y transacciones con tarjetas. Los cambios incluyen también la posibilidad de realizar recargas de efectivo desde cajeros automáticos o centros autorizados.
Fecha de inicio: enero de 2026
Aunque esta información ya ha sido anunciada en el BOE en el real decreto que mencionamos, no entrará en vigor hasta el próximo decreto. 1 de enero de 2026. A partir de ese momento, los bancos deberán cumplir con nuevas obligaciones y comenzar a contabilizar las transacciones con tarjetas de sus clientes.
Esta no es la primera vez que las entidades se ven obligadas a intensificar las comunicaciones con el Tesoro por acciones que pueden considerarse sospechosas. Por ejemplo, aquellos en los que Se trataba de un billete de 500 euros. Sin embargo, esta es la primera vez que el muro a los pagos con tarjeta bancaria es tan estricto.
| concepto | punto crítico | Informar información |
|---|---|---|
| Tarifas de tarjeta (personal) | Importe anual > 25.000€ (aportado por NIF) | Información del titular de la tarjeta, tipo de tarjeta y transacciones. |
| Préstamos y Crédito | Saldo a 31 de diciembre > 6.000 € | Información del propietario, saldo y detalles operativos. |
| negocio en efectivo | Ingresos o retiradas > 3.000€ | Datos de la persona que realiza la recogida o la facilita. |
| billete de 500 euros | Cualquier operación | Cualquier cambio relacionado con estos proyectos de ley será notificado. |
Deberían compartir más información.
Esta no es la única modificación introducida recientemente. El artículo 38 también establece cuándo los bancos están obligados a informar sobre productos financieros como préstamos, créditos e incluso reservas de efectivo. En este caso, la comunicación deberá producirse en las siguientes circunstancias:
- Cuando hay un saldo en una determinada cantidad Más de 6.000 euros Créditos y préstamos otorgados al 31 de diciembre.
- cuando hayan terminado gravámenes y regulaciones Fondos superiores a 3.000€.
¿Qué información se comparte?
La cláusula 37 contiene la información que las entidades deben compartir con la AEAT, teniendo en cuenta lo siguiente:
- Todos los datos identificativos del titular de la cuenta.
- Al 31 de diciembre, el saldo de la cuenta antes mencionada.
- El saldo medio correspondiente al último trimestre del año.
- Todos los importes y pagos del año.
El Ministerio de Hacienda da un paso más en la lucha contra la epidemia fraude fiscalutilizando entidades bancarias como informantes primarios. Es importante recordar esto si anticipa que esta medida puede afectarlo porque sus cargos son superiores a esta cantidad. Guarde todos los documentos de respaldo Cualquier movimiento de fondos. De esta forma, si recibe alguna comunicación de la AEAT podrá facilitar toda la información necesaria.
Preguntas frecuentes sobre los nuevos controles del Tesoro Deberán denunciar a los titulares que gasten más de 25.000 € al año con la tarjeta.
A partir del 1 de enero del próximo año.
Estas entidades compartirán los datos de identidad del titular de la tarjeta y el tipo de tarjeta utilizada.
¿Cuál es el límite de gasto de la nueva tarjeta que los bancos deben notificar al Ministerio de Hacienda?
¿A partir de qué fecha entra en vigor esta medida?
¿Qué información específica compartirán los bancos con el Tesoro?
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