LUCHA CONTRA EL TABACO | ¿Puedo fumar en la terraza de mi vivienda? El artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal es muy claro al respecto
Cada vez hay más espacios sin humo, la lucha contra el tabaquismo pretende reducir al máximo los lugares en los que se puede fumar como una forma de disuadir al fumador. Pero, ¿puedo fumar en la terraza de mi vivienda? Pues el artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal es muy claro al respecto.
[–>[–>[–>Hablamos concretamente del artículo 7.2 que señala que «al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas».
[–> [–>[–>Balcones en un edificio residencial. / Freepik
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Y es que fumar puede incluirse dentro de esas actividades molestas, insalubres o nocivas. En ese caso, es la comunidad de vecinos la que podría declarar las terrazas del edifiio como espacios libres de humo y, por tanto, prohibir fumar en ellas.
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La iniciativa puede partir del presidente de la comunidad o de cualquier otro vecino. Y no solo eso, si no se cumple, se podría acudir a la justicia: «Si el infractor persistiere en su conducta el presidente, previa autorización de la Junta de propietarios, debidamente convocada al efecto, podrá entablar contra él acción de cesación que, en lo no previsto expresamente por este artículo, se sustanciará a través del juicio ordinario».
[–>[–>[–>Decisión judicial
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Y aquí lo importante, a mayores, el juez podría incluso decretar «la privación del derecho al uso de la vivienda por tiempo no superior a tres años».
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