multas de 200 euros y 4 puntos por no usar cinturón y adelantar a ciclistas
El Boletín Oficial del Estado acaba de publicar la reforma del Código General de Circulación. Entre las novedades hay dos que te afectarán directamente si trabajas al volante o si circulas habitualmente por carreteras secundarias: el uso del cinturón de seguridad ya no prevé excepciones para algunos profesionales y adelantar a un ciclista sin respetar la distancia y la velocidad adecuadas te saldrá caro. 200€ Y 4 puntos del papel. Te lo diré.
Adiós a las exenciones de cinturón para taxis y mensajeros
Hasta ahora, los taxistas, conductores de furgonetas y profesores de autoescuelas estaban exentos del uso del cinturón de seguridad. Esta exención ha desaparecido. Según el nuevo texto publicado en BOESe suprime el artículo del reglamento que los excluía. Desde la entrada en vigor de la reforma, todos los ocupantes de cualquier vehículo —incluidos estos tres grupos— están obligados a utilizar el cinturón de seguridad.
La razón es pura seguridad. EL DGT Desde hace años insiste en que el cinturón de seguridad salva vidas incluso en trayectos urbanos y a baja velocidad. El hecho de que un taxista o un repartidor haga paradas frecuentes no le exime del riesgo de sufrir un accidente. Con el cambio normativo, cualquier conductor de estos servicios que sea interceptado sin el cinturón de seguridad se expone a la misma sanción que los demás: 200€ multa (100 con pago inmediato) e 4 puntos excepto en papel.
Atención: la norma no distingue entre el asiento del conductor y el de los pasajeros. Si subes a un cliente al taxi y no lleva puesto el cinturón de seguridad, la responsabilidad recae en él, pero si vas conduciendo y no lleva puesto, la multa es tuya. La policía de tránsito y la policía local ya no tendrán que comprobar si el autor del delito fue un taxista; Simplemente serán tan buenos como cualquier otro.
Cómo adelantar a un ciclista con la nueva normativa
El otro gran cambio se refiere a los adelantamientos a los ciclistas. Antes de esta reforma ya existía la obligación de mantener una separación lateral de 1,5 metros. Lo que se está endureciendo ahora es la obligación de reducir la velocidad. El Código de Circulación establece que, al adelantar a un ciclista en una vía interurbana, deberá hacerlo reduzca su velocidad al menos 20 km/h en cuanto al límite máximo de circulación. Es decir, si el límite es de 90 km/h, durante la maniobra tendrás que proceder a una velocidad máxima de 70 km/h.
Además, en las vías con más de un carril por sentido, Tienes que cambiar de carril por completo.. No basta con girar un poco el volante; Deberás ocupar todo el carril adyacente al adelantar, así como mantener esos 1,5 metros lateralmente. Este requisito constituye un fortalecimiento directo de la protección de los usuarios vulnerables.
La infracción de no respetar estas condiciones al adelantar a un ciclista es considerada grave por la Autoridad ley de tránsito. La multa asciende a 200€ (o 100 euros si se paga dentro de los 20 días siguientes a la solicitud de pago) e implica la pérdida de 4 puntos del permiso de conducir. Si se produce un adelantamiento peligroso que ponga en riesgo la vida del ciclista, la multa se puede incrementar y la deducción de puntos puede ser mayor, pero el supuesto básico es el que acabo de explicar.
El cinturón ya no tiene excusa para nadie; Tampoco para el taxista que hace diez viajes al día.
¿Qué más trae consigo la reforma y qué efectos tiene para usted?
Además de los dos puntos centrales, el texto publicado en BOE Incluye otras novedades que debes saber. Está prohibido llevar cualquier bloqueador de radar en el vehículo, aunque todavía se permiten dispositivos de alarma que solo informan la ubicación del usuario. También se han endurecido las normas para patinetes y otros medios de movilidad personal: a partir de una determinada edad mínima (15 años), casco obligatorio, iluminación siempre encendida y un elemento reflectante cuando haya mala visibilidad. El incumplimiento también es una infracción grave 200€ de sanción.
En caso de tráfico congestionado, existe la obligación de dejar un carril central en los atascos para permitir el paso de los vehículos de emergencia. Y en las autopistas y autovías cubiertas de nieve, está prohibido adelantar y hay que circular por el carril derecho para dejar libre el carril izquierdo a los quitanieves y ambulancias. Son medidas que buscan que todos lleguemos a nuestro destino sin miedo.
En el caso de las bicicletas multiplaza, se permite el transporte de menores de hasta 22 kilos en asientos homologados y se aclara que las bicicletas podrán circular por las aceras sólo si la ordenanza municipal lo autoriza y a muy lento ritmo. Todo apunta a una convivencia más ordenada entre coches, ciclistas y peatones.
Claves de las reglas
- ¿Quién está interesado? principalmente a los conductores de taxis, furgonetas y autoescuelas, que pierden la exención del cinturón; también a todos los automovilistas que adelanten a ciclistas en las vías interurbanas.
- Cifras a tener en cuenta: 200 euros (100 con pago inmediato) y 4 puntos del carné por no llevar el cinturón de seguridad o por adelantar a un ciclista sin respetar la separación lateral de 1,5 metros y la reducción de velocidad de 20 km/h.
- Consejo para evitarlo: Abróchate siempre el cinturón de seguridad, aunque salgas del coche cada cinco minutos, y cuando veas a un ciclista levanta el pie, comprueba el carril contiguo y dale un metro y medio de espacio.
Puedes consultar la fuente de este artículo aquí