No debería tener el carné; no es la primera vez…
El martes de la semana que viene se juzga en la sección penal del Tribunal de Instancia de Oviedo a un conductor acusado de causar el accidente en la autopista «Y» que, el 31 de mayo de 2024, le costó la vida a la motorista Andrea Llamas Grana, de 31 años y que vivía con su marido, su hijo de tres años y sus dos hijastros en la localidad de Coruño (Llanera). Tanto la Fiscalía como la acusación particular, que ejerce la familia de la mujer, bajo la dirección letrada de María Escanciano y Naira González, solicitan una condena de 4 años de prisión y seis años de retirada del carné de conducir.
[–>[–>[–>Por otro lado, la acusación particular solicita indemnizaciones que rondan los 480.000 euros, aunque «es lo de menos», según asegura la hermana de la fallecida, Susana Llamas. «Lo que queremos es justicia, que reciba la máxima pena, máxime cuando no es la primera vez que lo hace. Fue condenado por otro homicidio imprudente por el que no llegó a entrar en prisión. Mi hermana estaría viva si se hubiese recibido un castigo mayor. No debería tener el carné», comentó.
[–> [–>[–>El fallecimiento de Andrea Llamas se produjo cuando regresaba de una ruta con su grupo motero. En ese momento se había separado de sus compañeros. Eran las diez de la noche cuando la mujer circulaba en sentido a Oviedo a bordo de su Kawasaki. Cuando llegó a la altura del kilómetro 25,3 de la autopista, ya en el término municipal de Oviedo, fue golpeada por el Peugeot 307 que conducía el acusado, presumiblemente por un despiste. Como resultado de la colisión, la mujer salió despedida contra la calzada y resultó herida muy grave, falleciendo posteriormente. El conductor y los otros ocupantes del turismo resultaron ilesos. Los agentes de la Guardia Civil de Tráfico comprobaron que el conductor estaba afectado por el consumo de bebidas alcohólicas.
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«Un calvario»
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La familia de Andrea Llamas ha vivido «un calvario» tras su pérdida, según señala su hermana Susana. La mujer vivía con su familia en una casa que tenía en alquiler con derecho a compra. Tras la muerte de la mujer, que trabajaba en una gasolinera, el marido no pudo seguir pagando la casa y tuvo que marcharse a un piso, perdiendo lo que habían invertido. Por este motivo, la acusación particular aduce una pérdida de calidad de vida.
[–>[–>[–>El acusado de este homicidio imprudente, de profesión repartidor de bebidas, ya fue condenado hace unos cinco años por hechos similares, en los que resultó muerto un hombre. En aquel momento, se conformó con la pena rebajada del ministerio público, que le permitía no ingresar en prisión y pagó grandes cantidades.
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