No se puede ir animando a los chavales para luego decirles que no
«No tendrías que haberle besado, es de esperar a lo que ibas y tendrás que asumir las consecuencias (…) No se puede ir animando a los chavales para luego decirles que no«. En esos términos se dirigió una médico forense del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Sevilla a pacientes de presuntas agresiones sexuales hasta en tres ocasiones. Su caso será juzgado próximamente la capital hispalense.
[–>[–>[–>La mujer, según el escrito de calificación de la Fiscalía, no seguía las pautas marcadas en el protocolo de actuación médico forense para la violencia sexual, establecido por el IML y la deontología profesional. En vez de esto, «hacía comentarios que implicaban continuos juicios de valor sobre la vestimenta o el comportamiento de las presuntas víctimas, dándoles a entender que habían consentido si quiera tácitamente el acto sexual, o que con su conducta habrían provocado éste, restándole por ende credibilidad a sus manifestaciones y haciéndolas sentir culpables de lo que les había ocurrido, e incluso responsables por las consecuencias legales que les podría acarrear una denuncia a los presuntos autores de los hechos y a sus familias».
[–> [–>[–>La Fiscalía explica que esto provocaba en las entrevistadas «un enorme desasosiego por la situación de especial vulnerabilidad en que se hallaban, incrementando el malestar que éstas tenían per se por la propia situación en la que se encontraban, llegando incluso algunas a desistirse de interponer denuncia formal por tales hechos al verse cuestionadas y menospreciadas de ese modo por los comentarios y comportamientos de la acusada, conocedora ésta de que la denuncia es un requisito de perseguibilidad de los delitos contra la libertad sexual».
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La primera de las denunciantes llegó al Hospital Universitario Virgen Macarena en septiembre de 2019. La doctora que le atendió activó el protocolo de agresión sexual y avisó al Juzgado de guardia: sufría una excoriación en la vulva. La forense decidió no tomarle muestras y le dijo, según el Ministerio Público: «Bueno, ¿dónde están las marcas? (…) no tendrías que haberte ido con él, yo que tú habría salido corriendo (…) No tendrías que haberle besado, es de esperar a lo que ibas y tendrás que asumir las consecuencias (…) No se puede ir animando a los chavales para luego decirles que no (…). Si no fueras de madrugada, no te hubiera pasado, (…) ¿Estás segura que quieres denunciarlo? Porque le vas a destrozar la vida a este chico«.
[–>[–>[–>Al verse cuestionada y desacreditada por la médico forense, la mujer comenzó a llorar, sufrió un ataque de ansiedad y se negó a interponer denuncia.
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«¿Ves lo que pasa cuando bebes?»
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Tres años más tarde se produjo el siguiente episodio. En octubre de 2022, en el mismo centro hospitalario, la acusada recibió un nuevo aviso. Una joven había llegado acompañada de varias compañeras de su residencia universitaria: había sido encontrada en los alrededores de una discoteca tirada en el césped semiinconsciente y sin ropa interior, no recordaba nada de lo sucedido y pretendía denunciar.
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[–>La médico forense le dijo durante la entrevista, según apunta el escrito de la Fiscalía: «Decís que se la encontraron sin bragas, pero no sabemos si salió con bragas porque ahora es la moda, salir sin bragas (…) ¿tu sales así vestida? Mona, lo que te ha pasado es que estabas borracha, te has sentado a hacer pis y te has quedado dormida».
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La acusada prosiguió: «Te voy a dar un consejo de madre: lo que tienes que hacer es comer antes de salir para tener el estómago lleno, ¿ves lo que pasa cuando se bebe? Que no te acuerdas de lo que ha pasado y mira la que has liado (…)».
[–>[–>[–>También tuvo otro tipo de mensajes sobre cómo debe exponer una mujer su consentimiento: «Ante una víctima siempre hay un presunto inocente y su familia, al que le puedes arruinar la vida. Piénsalo muy bien antes de denunciar (…) se habrá emborrachado y no querrá que se enteres sus padres (…) ves aquí no hay nada, no ha pasado nada, llora, llora que tienes que llorar. La próxima vez tienes que escribir con tu sangre o tierra o con algo la palabra NO, y así sabremos que te estabas negando».
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La joven dudó de sí misma. La acusada incluso negó la necesidad de extraer sangre para la detección de tóxicos conforme al Protocolo de sumisión química que lo admite hasta las 48 horas siguientes del suceso.
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¿Por qué te dejaste quitar la ropa?
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Apenas unos días después, en noviembre de aquel mismo año, una joven acudió al Hospital Universitario Virgen del Rocío asegurando que había sido víctima de una agresión sexual. Iba en taxi con un varón que le dijo que subiera a su casa. Hubo una serie de actos sexuales a los que ella «no se opuso de manera activa», según el Ministerio Público, pero «no deseaba estar allí». En un momento dado salió huyendo y manifestó su intención de denunciar.
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La forense acusada llegó y se entrevistó con la joven, estando también presentes dos agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. La acusada comenzó a poner en duda a la joven, recién cumplida la mayoría de edad, por lo ocurrido: «¿Y por qué no pediste ayuda?, ¿Por qué no le empujaste o le pegaste? ¿Por qué te subiste al Taxi? ¿Por qué no le pediste ayuda al taxista?, ¿no será que querías pero no te acuerdas?, ¿por qué subiste a su casa? ¿Por qué te dejaste quitar la ropa? ¿Por qué no te fuiste corriendo?».
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Durante este interrogatoria, explica el escrito de calificación, la mujer empleó «en todo momento un tono acusatorio, inquisidor e incluso capcioso». La joven se sintió «culpable y responsable de lo ocurrido, generándole una gran angustia, dudando de sí misma, desistiendo de denunciar los hechos. «Lo cierto es que la actitud de la Médico Forense acusada la hicieron decidirse por completo a no hacerlo al pensar que si ella no la creía, qué sentido tenía formular una denuncia», explica la Fiscalía.
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Piden un año de prisión
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El Ministerio Público ha solicitado para la mujer un año de prisión. Le considera autora de tres delitos contra la integridad moral cometidos por funcionario público.
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Este ilícito está recogido en el artículo 175 del Código Penal. Este castiga a «la autoridad o funcionario público que, abusando de su cargo (…), atentare contra la integridad moral de una persona será castigado con la pena de prisión de dos a cuatro años si el atentado fuera grave, y de prisión de seis meses a dos años si no lo es. Se impondrá, en todo caso, al autor, además de las penas señaladas, la de inhabilitación especial para empleo o cargo público de dos a cuatro años».
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En este caso, la Fiscalía también ha solicitado la inhabilitación durante tres años para la acusada.
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