¿Puede Hacienda exigir los papeles que nos facilita un abogado para defendernos en un conflicto por la declaración?
En plena campaña de la Renta, y en previsión de las primeras inspecciones que la Agencia Tributaria pueda realizar con las liquidaciones del Impuesto sobre la Renta (IRPF), la Abogacía Española ha emitido un informe en el que aclara que los documentos que un … El abogado ha compartido con su cliente para la defensa ante el fisco forman parte del secreto profesional. Y que, por tanto, no se puede exigir po la Administración, ni siquiera el fiscal, cuando hay una controversia con un contribuyente.
El informe del Consejo General del Colegio de Abogados analiza si Hacienda puede instar a los clientes a entregar informes jurídicos, como los informes de due diligence, cuando hayan sido elaborados por abogados dentro de la relación profesional que ambas partes mantienen. Y la conclusión de este organismo es clara: la protección del secreto profesional sobre estos documentos forma parte de la relación entre abogado y cliente, que debe mantenerse intacta.
Este documento señala que el secreto profesional es «un derecho fundamental de los clientes que se proyecta objetivamente en las comunicaciones y documentos que integran la relación profesional del abogado-cliente». De hecho, la ley no diferencia entre documentos según quién los posee, en el caso de que Hacienda pretenda obtenerlos. «La referencia a ‘todos los documentos’ no introduce una distinción entre los que están en posesión del profesional del Derecho y los que «han sido entregados al cliente». Por lo tanto, aunque un despacho de abogados los haya entregado al contribuyente, no significa que pierdan su carácter confidencial.
El informe concluye que la Agencia Estatal de Administración Tributaria no debería poder obtener estos documentos ni directa ni indirectamente, al tratarse de información protegida por el derecho de defensa. Sin embargo, aclara que esta protección no se extiende a terceros ajenos a la relación abogado-cliente, que hayan podido recibir los informes. Este análisis cobra especial relevancia tras la aprobación de la LODD y en contraposición a los criterios establecidos por el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) en su resolución de 15 de octubre de 2025. Con esta postura, la Abogacía española refuerza su defensa del secreto profesional como pilar esencial del derecho de defensa.
Retrasos en la devolución
Una vez presentada la declaración del IRPF, la liquidación del IRPF ya está en manos de Hacienda a la espera de su devolución, en su caso. Por norma general, el pago de estas cantidades no suele retrasarse demasiado porque en apenas unos días o semanas, el importe ya está depositado en la cuenta bancaria. el problema viene cuando ese dinero no llega. Pasan los días y empiezan a surgir dudas sobre si ha habido un error en la liquidación o, lo que es peor, la Agencia Tributaria puede abrir una inspección al contribuyente.
En realidad, no existe ningún patrón que defina cuánto tiempo puede tardar en devolverse la devolución. Generalmente «si no hay discrepancias «Entre lo declarado ante Hacienda y la realidad económica del contribuyente, la devolución no suele retrasarse», explica Carlos Cruzado, portavoz del sindicato de Técnicos de Hacienda (Getsha). El problema viene cuando surgen estas contradicciones en Hacienda.
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