¿Puede votar una persona si no figura en las listas del censo de la mesa?
las elecciones de Andalucía este 17 de mayo movilizará a más de 6,8 millones de votantes, entre residentes en Andalucía y ciudadanos empadronados en el extranjero. Sin embargo, una de las dudas más habituales antes de la jornada electoral se refiere al censo: ¿Puede votar una persona si no está en las listas? desde su colegio electoral?
la respuesta el general es no. Para ejercer el derecho de voto es imprescindible comparecer en el lista electoral correspondiente. Solo colegios electorales permitir que estas personas voten, cuyos datos aparecen incluidos en las listas oficiales facilitadas para este día.
El censo utilizado en estas elecciones corresponde a la cerrado el 1 de enero de 2026e incluye cambios comunicados hasta el 30 de diciembre de 2025 por ayuntamientos, consulados y estados civiles, según lo establece la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).
Esto significa que las personas que no hayan actualizado a tiempo sus datos de registro o votación, pueden verse incapaces de votar el día de las elecciones. Y aquellos que no están debidamente registrados en el lista electoral.
Hay excepciones
Sin embargo, las regulaciones considere algunas excepciones. Una persona puede votar si presenta un certificado censal específico emitido por el Oficina del Censo Electoral, o una resolución judicial que reconozca este derecho. Aparte de estos casos, la ausencia en las listas de la mesa le impide participar en la votación.
Además, aquellos que tienen solicitó el voto por correo, Entonces no podrán votar en persona el 17 de mayo, porque las dos modalidades son incompatibles una vez iniciado el proceso postal.
En estas elecciones podrán participar Ciudadanos españoles residentes en Andalucíainscritos en las listas electorales, así como Los españoles residentes en el extranjero a través del sistema CERA, y aquellos que se encuentren temporalmente fuera de España bajo la modalidad ERTA.
La convocatoria también cubrirá 369.000 jóvenes ¿Quién puede votar primero? una vez en las elecciones andaluzas, tras alcanzar la mayoría de edad desde las elecciones anteriores celebrada en junio de 2022.
Para evitar incidentes el día de la votación, las autoridades recomiendan ver los datos del censo con antelación a través de la Oficina del Censo Electoral o en ayuntamiento correspondiente.
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