¿Se conocen ya los tramos por los que se cotizará el año que viene?
Estaba previsto en la reforma del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) que este año se negociase una nueva tabla de tramos, bases y cotizaciones para 2026, 2027 y 2028 en la mesa de diálogo social entre la patronal y los sindicatos, extendido a las asociaciones de autónomos representativas, pero todavía no hemos sido convocados. Esto se debe, entre otras cosas, a que el proceso de regularización del ejercicio 2023, año en el que entró en vigor, aún no ha finalizado. Es decir, que ni siquiera podemos evaluar la primera regularización y el funcionamiento de este nuevo sistema.
Se nos han trasladado los datos provisionales, pero de forma bastante genérica, cuando es absolutamente esencial analizar en profundidad, tanto por colectivos como por edad, ingresos y gastos del nuevo sistema, para poder evaluarlo. También se han producido incidencias que nos parecen especialmente graves en algunos casos y hasta que no se corrijan y al menos haya finalizado una segunda regularización nos parece temerario fijar los próximos tres años del sistema sin evaluación del mismo.
Es evidente que los plazos de la regularización de los ejercicios y la comunicación de los datos por parte de la Agencia Tributaria y las haciendas forales son claramente mejorables. Como decía, a junio de 2025 aún no han terminado de regularizar el ejercicio de 2023. Además, hay colectivos claramente damnificados por este sistema. Por ejemplo, a los pluriactivos con derecho a devolución a los que antes se les ingresaba de oficio en el primer trimestre del año siguiente al cierre del ejercicio ahora no solo se les va a ingresar dos años después del ejercicio, sino que tienen que ingresar unas cuotas indebidas que no les generan ningún derecho, puesto que ya tienen todas las contingencias cubiertas por el Régimen General. Asimismo, van a devolverles proporcionalmente menos de lo que les devolvían con el anterior sistema convirtiéndolos, sin elección posible, en los sujetos contributivos más solidarios del sistema de protección social.
También se ven afectados los que hayan disfrutado de una baja, especialmente las de maternidad y paternidad. El hecho de que el periodo que se utiliza para el cálculo, que es de seis meses en los que han estado ingresando y se consideran como bases definitivas, así como la propia baja, durante la cual su negocio ha podido seguir generando ingresos, hace que el total de ingresos computables a efectos de cotización se concentren en unos pocos meses. Esto les hace saltar varios tramos y conlleva una inevitable sobrecotización.
Todo ello nos lleva a decir que nuestra organización se opondrá a una nueva tabla y que pediremos la prórroga al menos para 2026 de la de 2025 con el fin de evaluar correctamente el sistema tras la segunda regularización.
El cambio en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) se realiza para adaptarse a las nuevas realidades económicas, tecnológicas y sociales, proporcionando una descripción más precisa de las actividades económicas actuales, incluyendo sectores emergentes. El objetivo principal es asegurar que las estadísticas nacionales están actualizadas y reflejan con mayor fidelidad la realidad económica del país.
Se debe consultar a través del portal Importass la correspondencia de los códigos actuales con los del nuevo CNAE-25. Si tienen equivalencia unívoca, será la Tesorería la que lo modificará automáticamente, pero si aparecen varias opciones habrá que elegir y comunicárselo antes del 30 de junio de este año. Los nuevos CNAE se aplicarán a partir del 1 de enero de 2026.
El acto administrativo de reclamación de cuantías lo realiza la Tesorería General de la Seguridad Social y, por tanto, es a ella a la que se debe reclamar. Ahora bien, la determinación de los rendimientos computables a efectos de cotización depende de la Agencia Tributaria y de las haciendas forales y por eso el recurso en casos de error por su parte en la regularización no está resuelto. Ya hemos puesto en conocimiento a ambos organismos de esta situación, pero hasta que se resuelva el problema mi consejo es que se ponga en contacto con la Agencia Tributaria para que verifiquen si existe un error o no en ese cálculo y, si es así, se lo traslade junto con el recurso a la Tesorería.
Puedes consultar la fuente de este artículo aquí