superar este límite en la autopista podrá suponer una pena de cárcel
A él PSOE presentó al Congreso un facturar para reducir los límites de velocidad a partir del cual el exceso pasa de infracción administrativa a constituye un delito. La iniciativa propone reducir estos umbrales de 60 a 50 km/h en zonas urbanas e de 80 a 70 km/h en vías interurbanas, con el objetivo de endurecer la respuesta penal al exceso de velocidad grave. Bajar el nivel de criminalidad Supongo aumentar en particular el numero de oraciones –que actualmente no es excesivo– y podría tener un carácter disuasorio.
La propuesta propone una modificación del artículo 379.1 del Código Penal para que la superación de estos nuevos límites se tipifique como delito. Los socialistas, por el contrario, Mantener en su propuesta el caja de dolor actual: prisión de tres a seis meses, multa de seis a doce meses o servicios comunitarios de 31 a 90 días, además de la retirada del permiso de conducir por un período de uno a cuatro años.
En la motivación, recogida por Europa Press, el grupo socialista recuerda que el reforma del código penal entró en vigor en diciembre de 2007, con la inclusión de los llamados delitos peligrosos, «Fue un paso adelante decisivo». en la lucha contra los llamados violencia vial”. Un año antes, la Dirección General de Tráfico (DGT) había lanzado la tarjeta de puntos, que también supuso un avance importante en la reducción de la siniestralidad.
Rapidez en el código penal
A casi 20 años de aquella reforma penal, l El PSOE cree que ha llegado el momento de revisar los criterios y ajustar los límites. El texto recuerda que, según la evidencia científica, la La velocidad aumenta significativamente el riesgo de accidentes. Así lo explica modelo potencial, propuesto por el experto sueco en seguridad vial Göran Nilsson y aceptado académicamente: un aumento de velocidad del 1%. la frecuencia de accidentes con víctimas aumenta un 2%, los accidentes graves un 3% e 4% accidentes mortales.
Los socialistas también destacan la magnitud del problema: la Dirección General de Tráfico (DGT) procesado aproximadamente cada año tres millones y medio de denuncias por exceso de velocidad, de los cuales algunos 450.000 resultará en la pérdida de puntos. Esto representa alrededor del 40% de las multas con deducción de puntos en España. Sin embargo, la velocidad excesiva o inadecuada sigue siendo un factor muy presente en los accidentes: “En 2024, El 22% de los accidentes mortales se deben al exceso de velocidad o inadecuado”, leemos en el texto.
Sin embargo, durante ese año hubo menos de 700 condenas por delitos contra la seguridad vial por exceso de velocidad. Ante las cifras, el PSOE defiende que “el mantenimiento de Los umbrales actuales del artículo 379 están obsoletos. y va en contra de la evidencia científica y de las normas internacionales y europeas de seguridad vial». Con la conclusión de la propuesta, Es necesario actualizar la legislación penal. “reflejar una política de movilidad moderna, dando prioridad a la protección de la vida y respondiendo proporcionalmente a los comportamientos que amenazan la seguridad de los ciudadanos”.
Los delitos de seguridad vial más comunes
La Fiscalía General del Estado se da de alta en 2024 en España 95.302 sentencias para juicios abiertos Obviamente delitos contra la seguridad vial; El 74% de ellas fueron condenas. La mayoría, por conducir sin licencia o bajo los efectos del alcohol.
- Exceso de velocidad punible (artículo 379.1). En 2024, la DGT presentó aproximadamente 3,4 millones de denuncias por exceso de velocidad, pero solo hubo 691 condenas (un 18% más que en 2023). La tasa de condenas en comparación con el número de juicios abiertos fue del 40%.
- Conducción temeraria (artículos 380 y 381). Este delito superó las 1.600 condenas en 2024, un 10% menos que en 2023. En el caso del artículo 381 (cuando existe un “manifiesto desprecio por la vida ajena”), registró un aumento del 17%, pero totalizó sólo 104 casos. Las tasas de condena por estos dos tipos de delitos fueron del 52% y el 28%, respectivamente.
- No someterse a una prueba de alcoholemia (artículo 383). La Fiscalía no especifica los volúmenes vinculados a este artículo, pero aporta una tasa de condena del 94%.
- Conducir sin licencia (artículo 384). Entre ellos se incluyen los automovilistas que conducen sin puntos, con el permiso suspendido por sentencia judicial o que nunca lo han obtenido. En 2024 hubo 42.229 condenas (un 14,6% más que en 2023) en poco más de 57.000 juicios.
- Creación de riesgo grave para la conducción (artículo 385). Este tipo de delitos, casi anecdótico, registró 67 casos, un 72% más que en 2023. La tasa de condenas fue sólo del 11%.
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