¿Te mueves en patinete eléctrico? Estas son las multas a las que te enfrentas con la nueva ley
EL scooter eléctrico Son parte del paisaje de las ciudades, para bien o para mal. Los Vehículos de Movilidad Personal (PMV) son muy prácticos para el día a día y no tener que depender tanto del coche o del transporte público, pero todos hemos vivido alguna situación complicada en algún momento. Ya sea por falta de comprensión o por incumplimiento de las normas de tránsito.
Precisamente por esta razón, La Dirección General de Tráfico (DGT) ha potenciado su uso en los últimos años e introdujo algunas normas comunes que ya se aplican en toda España. Otros siguen siendo responsabilidad del municipio mediante ordenanzas municipales, como el uso del casco.
En cualquier caso, todos los patinetes nuevos que se pongan a la venta a partir de principios de 2024 tendrán que disponer de un certificado de circulación que acredite que cumplen determinados requisitos técnicos para poder circular. Y los que ya estaban en circulación tendrán hasta 2027 para aprobarlos. Pero ojo, las multas para quienes no cumplan las nuevas normas se aplican a todos los VMP. Así que si tienes patinete, toma nota de las nuevas multas que ya están vigentes y las que llegarán en 2026.
Todas las multas para conductores de scooters
Los patinetes eléctricos ya forman parte del Reglamento General de Circulación (RGC) y eso significa que noy se aplican las mismas reglas básicas que en el caso de cualquier otro vehículo. Los conductores deben respetar las normas de circulación y, por supuesto, está absolutamente prohibido conducir bajo los efectos de drogas o alcohol. Y nada de móviles, auriculares o dos personas en el mismo patinete.
Para que te hagas una idea, Estas son algunas de las sanciones más comunes y lo que debes tener en cuenta:
| Violación | Multa (€) | Observaciones |
|---|---|---|
| Dos personas en el mismo scooter | 100€ | Es un vehículo unipersonal, por lo que sólo puede viajar una persona. |
| Conducir bajo los efectos del alcohol | 500-1.000 euros | Puede provocar la inmovilización del vehículo. |
| Ir sin casco (si lo exige ordenanza municipal) | 200€ | Obligatorio en la mayoría de las ciudades. |
| Utilice su teléfono celular o auriculares mientras conduce | 200€ | Equivalente a conducir distraído |
| Conducir por la acera o por un paso de peatones | 200€ | Sólo permitido en carreteras o carriles bici. |
Los agentes advierten de que algunas infracciones se repiten con demasiada frecuencia, como conducir por la acera, llevar acompañante o utilizar auriculares. Cuando el conductor está bajo los efectos del alcohol o las drogas (sucede más de lo que cree), la multa puede llegar hasta los 1.000 eurosademás de la inmovilización del vehículo.
Y ojo si conduces tu patinete de noche, porque la DGT exige que lleves la iluminación adecuada y también ropa reflectante (una chaqueta, por ejemplo).
Qué prevé la nueva ley y qué llegará en 2026


Desde enero del año pasado, todos los patinetes eléctricos a la venta en España Deben estar certificados por la DGT. Es la etiqueta que garantiza que el vehículo cumple con las normas técnicas, es decir, una velocidad máxima de 25 km/h, frenos independientes, luces, reflectores y bocina.
Los patinetes adquiridos antes de esa fecha podrán seguir circulando hasta 2027, pero a partir de entonces tendrán que estar homologados todos, sin excepción. Y no está permitido engañar al scooter para que corra a más de 25 km/h.
A partir del 1 de enero de 2026 será obligatorio para todos los VMP disponer de un seguro de responsabilidad civil, lo que hasta ahora sólo era recomendable. La finalidad de la póliza es cubrir los daños a terceros en caso de accidente.y es exactamente igual al que puedas tener contratado para otro vehículo.
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