Trabajo da hasta el 7 de diciembre para hacer aportaciones a la ley de reducción de jornada
Este viernes, el Ministerio de Trabajo y Economía Social puso a consulta pública el factura por reducción de jornaday ha establecido la mañana del 7 de diciembre. En el texto, el Ministerio defiende una «adecuada regulación» en la limitación y ordenación del tiempo de trabajo como medida necesaria para el saludConciliación y dignidad de los trabajadores.
Asimismo, se indica que la norma que surgirá de este proyecto de ley tiene como objetivo establecer una reducción de la jornada máxima legal semanal (en promedio anual). de 40 a 37,5 horas a partir del 1 de enero de 2025estableciendo disposiciones específicas tanto para el trabajo a tiempo parcial como para la jornada reducida.
Según el Ministerio de Trabajo, la reducción de la jornada semanal máxima legal no es «un compromiso caprichoso ni arbitrario», pero sí hay «argumentos poderosos» a favor de su cumplimiento.
En esta línea, el texto recuerda que desde la última regulación de la limitación legal de la jornada máxima semanal, que se remonta al año 1983La negociación colectiva se ha encargado de recortar la jornada laboral en cada convenio, pero con una acción que «ha dejado mucho que desear en algunos sectores», como la hostelería, el comercio, la agricultura o los servicios, que mantienen una jornada semanal muy cercana al máximo legal.
Estos días, según Laborista, contrastan con otros sectores como el educativo, el de actividades financieras y aseguradoras, o el energético -y con sus particularidades la Administración Pública-, que han buscado en sus ámbitos horarios incluso inferiores a la nueva jornada de 37 horas y suponen que se pretende establecer.
Defiende la intervención judicial de turno
Por ello, desde el Ministerio que dirige Yolanda Díaz defienden la «intervención legal» del Gobierno para compensar la insuficiencia de la negociación en determinados sectores para evitar estas diferencias «injustas».
En esta línea, defiende una modificación legal de la jornada laboral como forma de hacer cumplir artículo 40.2 de la Constitución Españolaque dice que los poderes públicos “impulsarán una política que garantice la formación y el reciclaje profesional; Velarán por la seguridad e higiene en el trabajo y garantizarán la descanso necesariomediante la limitación de la jornada laboral y las vacaciones periódicas pagadas.»
También para promover condiciones favorables para el progreso económico y social y para una distribución más equitativa de los ingresos personales (artículo 40.1) o, asimismo, la eliminación de los obstáculos y la promoción de las condiciones para la igualdad real y efectiva de las personas, encomienda el artículo 9 de la Constitución.
Le permite reducir la jornada laboral sin pérdida de salario.
Asimismo, el documento justifica la reducción de jornada como una forma de distribuir la productividad que ha ganado España desde la última reducción legal de jornada. Así, recordemos que, con datos de la OCDE, la productividad por hora trabajada aumentó en un 30% entre 1990 y 2022, mientras que los salarios reales solo aumentaron un 11,5%.
«Si observamos la evolución de la productividad desde 1983, cuando se estableció en 40 horas la jornada máxima legal, observamos un aumento de la productividad por hora trabajada de los 54%«, subrayan.
Asimismo, recuerda que el peso de la retribución de los ocupados sobre el PIB en España ronda el 48% «desde hace décadas», cuatro puntos por debajo de Francia o Alemania, pese a la recuperación experimentada desde valores cercanos al 45% entre 2013 y 2018. Por eso el Ministerio cree que es «un imperativo moral y político» Reducir la jornada laboral sin recortar el salario.
Control de tiempo y derecho a desconexión
Por otro lado, el Ministerio indica que el proyecto de ley que fue puesto a consulta pública este viernes también pretende regular el registro de tiempo y unificar en un solo artículo la regulación del trabajo tanto a tiempo completo, como a tiempo parcial, ordinario y extraordinario.
Así, el objetivo es desarrollar un sistema «eficaz» de registro de las horas de trabajo, de forma que se consiga un sistema «objetivo, fiable, accesible e interoperable». accesible a cada trabajador de forma automática y al que también podrán acceder de forma remota la representación de los trabajadores y la Inspección de Trabajo (ITSS).
Las consecuencias de incumplimiento del registro de tiempotanto desde el punto de vista jurídico sustantivo -presunciones- como desde el punto de vista sancionador.
Asimismo, se pretende regular en un solo precepto la derecho a desconectarseincorporando algunos aspectos del Acuerdo de Desconexión negociado en la Unión Europea y también del VI AENC.
Así, se pretende definir el derecho irrenunciable del trabajador a la desconexión fuera de su jornada laboral, así como el deber empresarial de garantizar dicho derecho remitiendo las modalidades de ejercicio a la negociación colectiva, de modo que el rechazo o la falta de atención a la comunicación por parte del trabajador fuera de su horario laboral no puede dar lugar a consecuencias negativas o represalias o trato menos favorable.
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