Un informe jurídico de la UB señala «incompatibilidades» de la ley del taxi catalana con el derecho europeo
Un informe jurídico redactado por la Fundació Bosch i Gimpera de la Universitat de Barcelona (UB) y encargado por la patronal UNAUTO-VTC ha señalado que la futura Ley del Taxi que se empezará a debatir esta semana en el Parlament tiene «múltiples contradicciones e incompatibilidades» con el derecho europeo.
[–>[–>[–>El documento, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, señala que estas incompatibilidades se dan especialmente en la libertad de establecimiento, la competencia entre operadores y la «imposición de restricciones injustificadas a los VTC». También señala que la «falta» de suficientes estudios empíricos y de justificaciones técnicas debilitan la fundamentación de la norma y alerta de que podría comportar reclamaciones patrimoniales contra el Estado.
[–> [–>[–>Entre las justificaciones del informe está que la ley establece «diferencias artificiales» entre el taxi, como servicio de interés económico general, y los VTC, una diferencia que, según el documento, no tiene fundamento y contradice la jurisprudencia europea. Además, señala que la ley crea «un régimen de monopolio para el taxi y vulnera la libertad de establecimiento» del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
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Precedente de judicialización
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El diagnóstico lo firman el catedrático de derecho administrativo José Esteve Pardo y el profesor titular de derecho administrativo Marc Tarrés. En base al documento,, la patronal del sector de alquiler de vehículos con conductor en Catalunya advierte que la proposición de ley de transporte de personas en vehículos de hasta nueve plazas carece de suficiente solidez jurídica.
[–>[–>[–>Subraya «múltiples inconsistencias y contradicciones» con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) al considerar que el borrador de ley busca «blindar» las disposiciones que este tribunal declaró contrarias al derecho europeo en 2023 en una sentencia contra el reglamento del Área Metropolitana de Barcelona (AMB) que limitaba el número de licencias a los VTC.
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En ese momento, el TJUE consideró que otorgar una licencia de VTC por cada treinta de taxis y exigir obtener una autorización específica adicional suponían una restricción a la libertad de establecimiento consagrada en el derecho de la Unión. La normativa local llegó a Europa por una demanda de la sociedad Prestige and Limousine, S. L. (P&L) -que operaba Cabify- que el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) elevó para aclarar los criterios comunitarios.
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[–>La fundación Bosch i Gimpera también afea que PSC, ERC, Junts, Comuns y CUP impulsen una proposición de ley y no un proyecto de ley, lo que a su juicio conlleva una falta de «estudios y datos empíricos que justifiquen las restricciones impuestas». Tampoco ve sólido exigir un tiempo de espera mínimo de diez minutos para la precontratación de un VTC, requisito «declarado inconstitucional y contrario a las reglas de la competencia». Carga también contra los altos precios de la compraventa de licencias de taxi ya existentes, que la nueva legislación no aborda: «Mantiene un régimen de transmisión que supone el reconocimiento de un mercado altamente especulativo».
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