Un trabajador que estrelló ebrio la furgoneta de la empresa pide más de 60.000 euros tras ser despedido
La justicia falla a favor de una empresa que despidió a un trabajador que tuvo un accidente con una de sus furgonetas en estado de ebriedad y fuera del horario laboral. En concreto, una sentencia de Tribunal Superior de Justicia de Asturias emitido el 24 de marzo, confirma el recurso que la empresa interpuso contra un fallo anterior del Juzgado de lo Social nº1 de Avilés en el que el trabajador tenía razón y el despido fue declarado improcedente.
conduje borracho
En la sentencia recurrida, el tribunal había dado por probado que el trabajador tenía un contrato de trabajo a tiempo completo suscrito con la empresa demandada, que decidió despedirle a finales de 2024 alegando «la Falta muy grave de indisciplina o desobediencia. en el trabajo y violación de la buena fe contractual», además de «fraude, deslealtad o abuso de confianza en el trabajo, gestión o actividad que se nos encomienda».
Asimismo, entre las motivaciones del despido, la empresa también incluyó «faltas muy graves al hacer desaparecer, inutilizar, destruir o causar daños a cualquier material, herramientas, máquinas, instalaciones, edificios, aparatos, enseres, documentos, libros o vehículos de la empresa». También se comprobó que el trabajador «estuvo involucrado en un accidente de trafico conduciendo el vehículo de la empresa», tras lo cual «fue sometido a pruebas de detección de alcohol», en las que dio positivo. En concreto, la cantidad detectada fue de 0,53 miligramos por litro en aire espirado y 1,71 gramos por litro en sangre.
Asimismo, la sentencia explica que el accidente se produjo un viernes por la noche cuando el trabajador regresaba del centro de trabajo, donde había ido a abrir un portón para que un hombre que tenía contrato con la empresa fuera a recoger una máquina que debía ser entregada el lunes siguiente. Sin embargo, el trabajador «actuó fuera de tu horario laboralPor su propia cuenta y riesgo”. La sentencia también señala que la furgoneta siniestrada “sufrió evidentes daños materiales”.
Sin embargo, el Juzgado de lo Social número 1 de Avilés decidió declarar improcedente el despido, condenando a la empresa a optar entre reintegrar al trabajador o compensarle con más de 60.000 euros. Ahora, ante esta sentencia, la empresa condenada decidió interponer un recurso de apelación, el cual fue elevado ante la Sala de lo Social del TSJA.
El despido fue procedente
En este caso, el TSJA Destaca que «está acreditado que el trabajador conducía un vehículo propiedad de la empresa bajo los efectos del alcohol, sufriendo un grave accidente de tráfico, causándole evidentes graves daños materiales». Asimismo, se recuerda que el trabajador dio positivo en la prueba de alcoholemia, destacando que “es evidente el uso inadecuado que hizo el demandante del vehículo empresarial que le había sido asignado”.
Así, se subraya que «el hecho de que tal transferencia pueda ser también para uso personal -además de profesional- no justifica el mal uso que hizo del mismo». De este modo, se explica que «tratándose de un vehículo de empresa, el uso por parte del trabajador debe ser el adecuado, aunque sea para fines personales fuera del horario laboral».
Sin embargo, el TSJA da la razón a la empresa y estima el recurso interpuesto. En este sentido, el tribunal declara origen del despido «convalidando la extinción del contrato de trabajo que produjo, sin derecho a indemnización ni tramitación de salarios y con absolución de la empresa recurrente de las pretensiones que en su contra se dirigen en el proceso que rige el proceso.»
Puedes consultar la fuente de este artículo aquí