Un tribunal de EE. UU. declara «inválidos» los aranceles del 10% de Donald Trump
La Corte de Comercio Internacional de los Estados Unidos ha considerado Aranceles del 10% “no válidos” que el presidente Donald Trump introdujo temporalmente la febrero pasado tras la anulación por parte de la Corte Suprema de embargos recíprocos masivos.
La decisión, que fue adoptada por una mayoría de 2 a 1 en un panel de jueces divididoaunque supone un nuevo revés para la Casa Blanca, no implica la retirada del nuevo arancel en general ni un reembolso masivo, sino que se aplicará directamente sólo a tres de los demandantes: el estado de Washington y las empresas. ¡Arpillera y barril y diversión básica!, aunque deja la puerta abierta a que otros importadores soliciten medidas cautelares más amplias.
En su fallo, el Tribunal de Comercio Internacional de EE.UU. considera que la promulgación de aranceles en virtud del artículo 122 de la Ley de Comercio de 1974, que otorga al presidente estadounidense el poder de abordar ciertos problemas de pagos internacionales mediante recargos y otras restricciones especiales a las importaciones, «es inválido y los aranceles impuestos a los demandantes carecen de autorización legal».
En este sentido, la Corte señala que, en lugar de identificar déficits de balanza de pagos, como se pretendía usar ese término en 1974, la decisión presidencial se basa en déficits de cuenta corriente y un análisis de «un déficit comercial considerable y grave»por lo tanto, aunque la cuenta corriente es relevante para los déficits de la balanza de pagos, «Son conceptos diferentes y la ley reconoce esta distinción».
De hecho, advierte que el propio comunicado del Gobierno reconoce claramente que la proclamación de las nuevas tarifas no se basa en los indicadores utilizados para medir la déficit de balanza de pagos que fueron discutidos en el momento de su promulgación.
Sin embargo, uno de los tres jueces del panel emitió un voto disidente. considerando «prematuro» decidir si el Tribunal debe apoyar o invalidar la medida.
Esta decisión del Tribunal de Comercio Internacional de EE.UU. puede ser apelada por el Gobierno a través de una apelación que enviaría el fallo a la Corte de Apelaciones del Circuito Federal de los Estados Unidos, y luego, potencialmente, a la Corte Suprema.
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