Ya es oficial, los mayores de 65 años no podrán beneficiarse de la exención en el IRPF si venden una vivienda en la que no hayan vivido al menos 3 años
Parece que la exención en el IRPF por la venta de la vivienda habitual para mayores de 65 años se ha endurecido. Y es que no se podrá aplicar si no hemos residido en el domicilio durante al menos tres años y no basta con empadronarse en la vivienda como algunos podrían pensar.
[–>[–>[–>Así consta en la resolución de la Dirección General de Tributos sobre una consulta de una mujer que pretendía aplicarse esta exención sin cumplir los plazos exigidos. Esta cuestión se debe al artículo 33.4.b) de esta ley establece que «estarán exentas las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la transmisión de su vivienda habitual por personas mayores de 65 años«.
[–> [–>[–>Un bloque de viviendas. / Freepik
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El problema está en qué se considera vivienda habitual, y aquí la ley en franca: «aquella que haya constituido la residencia del contribuyente durante un plazo continuado de, al menos, tres años».
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Ganancia patrimonial
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De este modo, la ganancia por la venta del inmueble cuenta a efectos de Hacienda como ganancia patrimonial.
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