Cataluña podrá devolver extranjeros, pero no expulsarlos: ¿qué diferencia hay?

El Ministerio del Interior ha ejecutado en los últimos cuatro años 10.777 expulsiones de extranjeros de España a través de la Comisaría Central de Extranjería y Fronteras de la Policía Nacional. De media, son ocho al día. Los datos, a los que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, reflejan que las expulsiones han aumentado un 50% en los últimos cuatro años, aunque en 2024 se mantuvieron prácticamente estables respecto al año anterior, ya que tan solo cayeron un 1% (de 3.090 a 3.031).
Esta es una competencia que del Ministerio del Interior, junto con la magistratura, y así seguirá siendo. El acuerdo entre el PSOE y Junts para transferir poderes en materia migratoria a la Generalitat, reserva a la Policía Nacional e Interior la capacidad de seguir expulsando inmigrantes, y deja a los Mossos d’Esquadra el poder de las devoluciones en Cataluña. ¿Qué diferencia hay? ¿Cómo funciona el procedimiento para obligar a los migrantes a abandonar España? ¿Qué cambia en Cataluña con el nuevo acuerdo?
«Las palabras son importantes, especialmente a nivel jurídico: no es lo mismo una expulsión, una devolución o un retorno. Cada uno de estos conceptos tiene sus garantías y plazos, y confundirlos es un error», apunta Karlos Castilla, doctor en Derecho y especializado en derechos humanos, derecho constitucional y migraciones, cuya tesis se centra especialmente en los distintos tipos de salidas forzadas de los migrantes en España.
Los tipos de sanción
Las expulsiones son legales y están previstas en la ley de extranjería como una sanción más que se puede imponer cuando los extranjeros o los españoles cometen alguna infracción del marco normativo. Una infracción leve es, por ejemplo, tardar más de tres meses en renovar los permisos de residencia. Una de grave es vivir en España sin permiso de residencia, trabajar sin credenciales para ello, emplear a un extranjero sin papeles sin hacerle contrato o casarse con a cambio de dinero para obtener la documentación. Una de muy grave es pertenecer a una red que trafica con inmigrantes para que lleguen a España clandestinamente o ser un enemigo de la seguridad nacional. Este tipo de conductas están penadas con multas de 500 a 100.000 euros, junto con la expulsión durante 10 años del país.
Cuando un extranjero comete una infracción grave o muy grave de la ley de extranjería, el Ministerio del Interior puede abrir un expediente para expulsarle. «Los hay de preferentes, que se redactan en ocho días, u ordinarios, que se pueden alargar hasta un año. Estas personas tienen tres meses para abandonar el país, y pueden impugnar estas expulsiones administrativas con recursos judiciales», dice Castilla.
También existen las expulsiones judiciales, cuando un inmigrante es sentenciado con penas de cárcel de más de un año. Entonces el juez puede conmutar su pena con la expulsión del país. En 2022, la fiscalía lo propuso en más de 5.000 ocasiones y se ejecutaron más de 600.
El acuerdo entre el PSOE y Junts permitirá a la Generalitat proponer expulsiones al Ministerio del Interior, pero la competencia de abrir el expediente, realizar el trámite y ejecutar la expulsión seguirá siendo del Gobierno.
La ley de extranjería solo contempla dos ocasiones en los que la administración central puede expulsar a los extranjeros del país sin tener que abrir un expediente: cuando han entrado de forma ilegal a España, o cuando han desobedecido una orden de expulsión quedándose en el país.
«La mayoría de afectados son los que llegan a las costas españolas en cayuco por vías irregulares», explica Castillo. Este es el trámite que la Generalitat podrá realizar, según el acuerdo PSOE-Junts, para devolverles a su país en menos de 72 horas. Si en ese tiempo no encuentran un vuelo de deportación, o no hay convenio bilateral con el país de origen, se les puede encerrar en un Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) durante 60 días como máximo.
Esta medida afecta a los extranjeros que entran por las vías legales y oficiales, cruzan la frontera, pero los agentes fronterizos se percatan de que no cumplen con los requisitos para poder entrar en el país. Dependiendo del país de origen, los requisitos son distintos para cada nacionalidad, pero la gran mayoría deben tener un visado expedido y vigente, que suele estar vinculado a tener ahorros o empleo en España. «Estas personas son retornadas a su país en 72 horas, a no ser que se trate de menores que viajan solos, que entonces interviene la Fiscalía», explica Castillo.
En Cataluña, los puestos fronterizos más relevantes y con controles permanentes son los puertos y el Aeropuerto de Barcelona-El Prat. También hay La Jonquera y toda la línea pirenaica con Andorra y Francia. El acuerdo entre el PSOE y Junts permite a los Mossos d’Esquadra colaborar en el control de entradas con la Policía Nacional y la Guardia Civil, las fuerzas de seguridad que realizan ya esta tarea.
«El rechazo en frontera, comúnmente llamado ‘devolución en caliente’, solo se contempla cuando los inmigrantes saltan las vallas de Ceuta y de Melilla. En estos casos, y según las últimas sentencias del Tribunal Constitucional sobre el asunto, los agentes presentes en el puesto fronterizo se limitan a identificar a las personas migrantes que cruzan la valla y las devuelven a Marruecos a posteriori», indica Castillo.
El procedimiento no es el mismo en el caso de los menores que viajan solos, que tiene más garantías y antes de plantear el rechazo debe intervenir la Fiscalía de Menores y se debe hablar con ellos para conocer su situación.
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