SEPE AYUDAS | Multas del SEPE: qué sanciones existen y cómo evitarlas si cobras una ayuda por desempleo

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha intensificado sus controles para detectar situaciones irregulares en el cobro de prestaciones por desempleo. Gracias al apoyo de la Inspección de Trabajo y bajo el amparo de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, se están imponiendo multas tanto a trabajadores como a empresas que incurren en prácticas fraudulentas. Una de las infracciones más graves es cobrar el paro mientras se trabaja, ya sea por cuenta ajena o como autónomo, sin haberlo comunicado previamente al SEPE.
Esta conducta se considera una infracción muy grave y conlleva consecuencias económicas importantes. La normativa establece que un desempleado no puede estar percibiendo una prestación mientras realiza una actividad laboral, salvo en casos excepcionales contemplados por la ley, como los programas de compatibilidad en situaciones específicas y debidamente aprobadas.
Multas a empresas y trabajadores
Las sanciones pueden aplicarse tanto a la empresa que contrata de manera irregular como al trabajador que cobra indebidamente. En el caso de las empresas, la multa se graduará en función de la gravedad de la infracción. Si la infracción se considera leve dentro de la categoría de muy grave, la sanción económica puede oscilar entre 2.001 y 30.000 euros. Si es de grado medio, las multas pueden ascender a entre 30.001 y 120.005 euros, y si se trata de un grado máximo, las sanciones llegan hasta los 225.018 euros. Estos importes pueden suponer un duro golpe para las empresas que incumplen la normativa laboral.
Pero no solo las empresas reciben sanciones. El trabajador que cobra el paro mientras trabaja también puede enfrentarse a consecuencias graves. En primer lugar, se le exigirá la devolución íntegra de todas las cantidades percibidas indebidamente del SEPE. Y, en segundo lugar, podría ser multado económicamente, además de quedar inhabilitado temporalmente para recibir futuras ayudas públicas.
Cobrar «en negro»
La Inspección de Trabajo está prestando especial atención a los casos en los que las personas realizan trabajos “en negro” mientras figuran como desempleadas y reciben prestaciones. Este tipo de fraude es más común de lo que parece y afecta tanto al sistema de protección social como a la recaudación pública. Por eso, las autoridades han reforzado los controles cruzados con bases de datos de la Seguridad Social, Hacienda y otras administraciones públicas para detectar posibles incoherencias o duplicidades en los ingresos.
Para evitar ser sancionado, es importante que cualquier persona que esté cobrando una ayuda por desempleo informe de forma inmediata al SEPE si empieza a trabajar, incluso si se trata de un empleo a tiempo parcial, de corta duración o como autónomo. En algunos casos, es posible interrumpir temporalmente la ayuda o solicitar la compatibilidad, si la normativa lo permite. No hacerlo puede considerarse fraude y traer consecuencias legales y económicas graves.
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