BLANQUEO DE CAPITALES | La ley previene los fraudes de blanqueo de capitales en los salones de estética
Los salones de uñas, al igual que los numerosos centros de estética que existen hoy en día, han proliferado rápidamente en los últimos tiempos. Este tipo de negocios se han representado en el imaginario colectivo, con frecuencia, como un caldo de cultivo proclive a que proliferase la economía sumergida. Incluso se llegó a hablar directamente en algún caso de mafias y blanqueo de capitales.
Algunos casos alimentan esta idea. En 2023, la Guardia Civil ejecutó la ‘Operación Praesleón’ en Cádiz, desarticulando una red vinculada al narcotráfico que utilizaba gimnasios, licencias de taxis y centros de estética para blanquear dinero. En dicha operación, las autoridades incautaron bienes por valor superior a 14 millones de euros. En concreto, decomisaron 40 inmuebles, 42 vehículos, 54 cuentas bancarias, y 190.000 euros en metálico. El dinero ilícito, procedente del narcotráfico, era inyectado en diferentes negocios: gimnasios, centros licencias de taxis y tiendas de ropa, entre otros. Uno de esos negocios, que además fue decomisado por las autoridades, era un centro de estética.
La legislación española lo dificulta
Sin embargo, la opción de los salones de belleza no es tan atractiva para un blanqueador como parece. Tal y como pone de manifiesto José María Mollinedo, secretario general del Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), la legislación tributaria dificulta que estos negocios sean los elegidos para cometer ilícitos financieros.
Este tipo de negocios, normalmente pequeñas empresas, tributan por el sistema de módulos. En este sistema, la Hacienda Pública establece que los salones de belleza pueden tener contratadas como máximo a seis personas, incluido el dueño del negocio. Además, para acogerse a este régimen, el volumen de ingresos del año anterior no debe superar los 250.000 euros.
«Por el tipo de negocio que son estos salones, es difícil que puedan servir para blanquear. Por el régimen de módulos y las limitaciones de contratación, dejaría mucho rastro«, detalla Mollinedo. «Si, por el contrario, se crease una estructura empresarial ficticia para blanquear, esta opción sería aún más cara, por el coste anual de contratar personal suficiente y los gastos de cada salón», apostilla el secretario de los Técnicos, por lo que esta estructura sería aún menos atractiva.
El efectivo como medio de pago
A pesar de las trabas legislativas, los centros de estética cuentan con una particularidad que aumenta exponencialmente el riesgo de blanqueo: el uso intensivo de dinero en efectivo en sus transacciones. Según un estudio elaborado por el Centro para la Investigación Económica y Sobre Políticas (CEPR), España es el tercer país europeo con una mayor economía sumergida, con una tasa del 24% del Producto Interior Bruto (PIB), solamente superada por Grecia (36%), e Italia (31%).
Este tipo de negocios pueden no ser la opción ideal para blanquear grandes cantidades, a causa de la férrea legislación a la que se acogen. Sin embargo, cuando se trata de cuantías menores, la predominancia de los pagos en metálico, y especialmente la falta de control financiero que conlleva, representan una ventana idónea para que la economía sumergida prolifere.
Esto lo explica Juan Berberian, director de Regulatorio y Prevención de Blanqueo de Capitales de Summons Abogados. «Los negocios con uso intensivo de efectivo son muy difíciles de controlar. No es sencillo determinar la cantidad de clientes, ni el valor de los servicios que ofrecen». Además, brindan «un nicho atractivo para el blanqueo», al ser difícil de constatar en los papeles los movimientos de stock necesarios para el desarrollo de la actividad».
De hecho, el Análisis Nacional de Riesgos de Blanqueo de Capitales elaborado por el Tesoro Público admite que «el efectivo reúne las características claves del ámbito criminal, por el hecho de que es anónimo, no es trazable y es fácilmente transmitible, lo que lo caracteriza como el instrumento tradicional, más extendido y presente en la mayoría de los formatos criminales».
Además, la legislación reconoce que el uso intensivo de efectivo es un factor de riesgo. El Real Decreto 304/2014, que regula la prevención de blanqueo, establece que una situación «sospechosa de blanqueo de capitales» se produce cuando «una misma cuenta, sin causa que lo justifique, venga siendo abonada mediante ingresos en efectivo por un número elevado de personas o reciba múltiples ingresos en efectivo de la misma persona.
Los criminales prefieren otras alternativas
Según explica el secretario de los Técnicos de Hacienda, para los blanqueadores son mucho más atractivas otro tipo de actividades, como en su día fueron los billetes de lotería premiados. En este sentido, el Tribunal de Cuentas reprochó a la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) el pasado año haber repartido, desde 2016, al menos 2.000 millones en premios a personas no debidamente identificadas, por lo que puede existir un riesgo de blanqueo de capitales.
Además, los sectores identificados con mayor riesgo de blanqueo son otros, entre los que destacan los negocios de criptoactivos, las inmobiliarias, galerías de arte o las tiendas de joyas y antigüedades. Todos ellos son sectores que operan elevadas sumas de dinero, a diferencia de los centros de estética, que suelen caracterizarse por ser empresas pequeñas.
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