velocidad, uso de casco y otras normativas
Hay que entender la velocidad máxima que pueden alcanzar los patinetes eléctricos entre 6 km/h y 25 km/h (los que no alcanzan los 6 km/h se clasifican como juguetes) y para conducirlos no es necesario un autorización administrativa.
Si tienes una silla de montar, También debe incorporar un sistema de autoequilibrio. De lo contrario dejaría de ser un vehículo de movilidad personal y para conducirlo y circular sería necesaria una autorización administrativa, además de la contratación de una póliza de seguro.
¿Dónde puede viajar un scooter?
Vías interurbanas:
- Encrucijada
- Carreteras o autopistas
- túneles urbanos
- Aceras
- zonas peatonales
- carriles preferenciales
Además, es Está prohibido conducir con auriculares o cascos conectados a un reproductor. y usar tu teléfono celular mientras conduces.
certificado de movimiento
Los VMP deben estar equipados con un certificado de circulación. Esto asegura la cumplimiento de los requisitos técnicos requerido por la normativa nacional e internacional contenida en el correspondiente manual de características, así como su identificación. Este manual de características deberá estar homologado por la Dirección General de Tráfico (DGT).
¿Es obligatorio el casco?
En Barcelona, es obligatorio llevar casco si vas en patinete eléctrico. La legislación entró en vigor el 1 de febrero de 2025 y forma parte de la nueva Ordenanza de Movilidad del Ayuntamiento.
¿Y Madrid? Aunque antes solo era obligatorio para menores de 15 años y recomendado para adultos, ahora prevalece la normativa nacional. Incluso en Madrid es obligatorio para todos..
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