Francisca Cadenas | El juez del caso deniega la puesta en libertad de los dos detenidos por su asesinato
El titular del Juzgado de Instancia e Instrucción de Villafranca de los Barros (Badajoz) ha desestimado los recursos contra el auto de prisión provisional de Julián y Manuel G., los dos hermanos detenidos por el asesinato de Francisca Cadenas.
[–>[–>[–>El juez ha denegado su puesta en libertad provisional con los mismos argumentos con los que decretó la medida cautelar el pasado 14 de marzo: persiste el riesgo de alteración, ocultación o destrucción de fuentes de prueba y de fuga.
[–> [–>[–>Ahora las defensas de los dos investigados, en manos de José Duarte y Aurelia Martín, tienen un plazo de 5 días para recurrir esta decisión en apelación. Ya han avanzado que recurrirán.
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El abogado de Julián G., el autor confeso de la muerte de Francisca Cadenas, defendía la puesta en libertad de su cliente precisamente por haber confesado los hechos y considerar, por tanto, que la medida cautelar de prisión provisional «no es objetivamente necesaria». Sin embargo, el juez sostiene que el auto recurrido por esta parte no se encuentra fundado exclusivamente en los hechos cometidos, sino que se adopta por los citados riesgos de destrucción de pruebas y fuga. «Estos son los motivos por los que se acuerda la medida cautelar y no por el reconocimiento o no de los hechos objeto del procedimiento, ya que la prisión provisional en modo alguno puede suponer una suerte de anticipación de la pena», expone en el auto en el que desestima la petición de la defensa.
[–>[–>[–>En cuanto a la situación de Manuel G., el juez señala que concurren «indicios suficientes» de su participación en los hechos, pese a que su hermano lo exculpa, él mismo niega su implicación y su defensa expone como una de las razones para su puesta en libertad que cuando sucedieron los hechos estaba en el Hospital de Mérida con un familiar y que llegó a su casa varias horas después, porque se unió a las batidas de búsqueda de Francisca Cadenas.
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El relato no concuerda con el resultado de la autopsia
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Pero el titular del Juzgado de Villafranca de los Barros señala que el relato del autor confeso no concuerda con el resultado preliminar de la autopsia, por lo que «en modo alguno» la instrucción queda delimitada a su testimonio y, por lo tanto, la llegada al domicilio de Manuel G. en un determinado momento de la noche del 9 de mayo de 2017 «en nada exime de participación» al hermano mayor. En este sentido, el juez sostiene que, a diferencia de lo que se afirma en el recurso, existen conversaciones del 8 de agosto y del 28 de octubre de 2025 en las que es evidente como Manuel relata situaciones relativas a Francisca Cadenas, «de las que se infiere el conocimiento de circunstancias inherentes a la intimidad» de la víctima.
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[–>Tampoco comparte el argumento de la defensa de que las fuentes de prueba ya se encuentran en poder de los investigadores y que, por tanto, no pueden ocultarse. En este sentido, sostiene que hay elementos adicionales que pudieran estar relacionados con la muerte de Francisca que aún no se habrían sido localizados y que podrían ser destruidos, como -recuerda- hicieron con los teléfonos móviles de Julián al saberse investigados.
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Asimismo, insiste en que se mantiene el riesgo de fuga porque, aunque haya tenido 9 años para sustraerse de la actuación de la justicia y no lo haya hecho, «es ahora cuando sabe qué actuaciones se siguen contra él y ya no puede hablarse de conjeturas o persecuciones de los agentes, visto el resultado de las diligencias practicadas».
[–>[–>[–>La fiscalía y la abogada de la acusación particular, Verónica Guerrero, impugnaron el recurso contra el auto de prisión provisional.
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Los dos detenidos han sido trasladados este miércoles desde la prisión de Badajoz a otra cárcel sevillana, a petición propia.
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