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qué es la jornada de reflexión y por qué no se pueden publicar encuestas

qué es la jornada de reflexión y por qué no se pueden publicar encuestas
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  • Publishedmayo 16, 2026


El día antes de la celebración de algunos elecciones como este 17 de mayo En Andalucíaes conocido como dia de reflexion. este periodo prohíbe la difusión de propaganda electoral o realizar eventos de campaña. En concreto, lo que estipula el artículo 53 de la LOREG es que durante la jornada de reflexión queda prohibido “difundir propaganda electoral o realizar cualquier acto de campaña electoral una vez legalmente finalizada”.

este periodo de dia de reflexion Se pretende que sea un período durante el cual los votantes puedan pensar y valorar su voto sin ninguna influencia política. Es el día antes de las elecciones.. A estas prohibiciones se suma también el uso de algún tipo de cartel del partido. Esta es una medida que también se aplica a los medios de comunicación, que por tanto no pueden publicar entrevistas con los candidatos.

Ahora bien, ¿cuál es el origen de la jornada de reflexión? Fue creado durante la Transicióndonde se decidió implementar una legislación de garantía con reglas estrictas que mantuvieran la nueva democracia establecida en España.

Elecciones en Andalucía

Este 17 de mayo podrán votar en las elecciones al Parlamento de Andalucía 6.812.861 electores, de los cuales 6.510.856 residen en Andalucía, mientras que 302.005 residen en el extranjero. Entre los electores residentes en Andalucía, 368.853 podrán participar por primera vez en las elecciones al Parlamento de Andalucía, tras haber celebrado el 18º aniversario desde las anteriores elecciones, que tuvieron lugar el 19 de junio de 2022. El calendario seguido en el proceso electoral está establecido por ley. Consulta aquí quiénes pueden votar en estas elecciones.

En las elecciones del 17 de mayo podrás votar:​​

  • Personas de nacionalidad española empadronadas como residentes en la demarcación consular e inscritas a efectos electorales en el censo de españoles residentes ausentes (voto CERA).
  • Las personas de nacionalidad española que se encuentren temporalmente dentro de la demarcación consular se incluyen en el padrón electoral de residentes en España y se inscriben como no residentes en el registro consular (voto ERTA).

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 39.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General (LOREG), el censo vigente para las elecciones del 17 de mayo de 2026 es el censo cerrado el 1 de enero de 2026, que incluye los movimientos comunicados por Ayuntamientos, Consulados y Registros Civiles hasta el 30 de diciembre de 2025 inclusive.

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